Opinión

Maltrato animal

SIN obviar que toda condena, por sentencia firme, ha de estar fundamentada en pruebas que sustenten la evidencia, hay veces en que surge la controversia y la duda. Controvertida es, por ejemplo, la absolución dictada por un juzgado de lo Penal de Lugo eximiendo de castigo a una sarriana, acusada de arrojar al río un saco con doce cachorros, alegando falta de pruebas, a pesar de que los indicios procesales ofrecían pocas dudas, en base a algunas coincidencias y estimaciones testificales. De hecho, el fiscal pedía un año de prisión por maltrato animal, y la Protectora de Animales y el Colegio de Veterinarios, personados como acusación particular, 18 y 12 meses, interpelaciones que tampoco concuerdan con la gravedad de lo sucedido, una monstruosidad, y que sin duda, de confirmarse, merecería una reprensión penal superior. Falta por determinar lo que resuelva la Audiencia Provincial, tras el recurso presentado por la Protectora, pero en cualquier caso se advierte escasa sensibilidad a la hora de resolver denuncias por maltrato animal, quizá por falta de concienciación, aunque sea cada vez mayor. Para ajustar los castigos a la gravedad de lo verificado en cada caso, no estaría por demás revisar y aquilatar el Código Penal a la magnitud del delito.

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