Opinión

Abuso procesal

LA LENTITUD de la Justicia es, sin duda, una lacra que lastra el funcionamiento del sistema democrático, sin que se intuya la intención (seria) de remediarlo, pero hay veces en que la lentitud va asociada a la garantía procesal que requieren algunas instrucciones de intrincado recorrido. No parece que sea el caso resuelto, con excesivo retraso, por la Audiencia Provincial, al absolver por falta de pruebas a un burelés acusado de violar a su expareja, lo cual medio podría entenderse, de no ser porque el presunto culpable permaneció nada menos que diecisiete meses preso, arrinconado en una celda. Casi año y medio es una arbitrariedad difícil de justificar en un procedimiento con un aval probatorio inconsistente, como lo demuestra el fallo que propició la absolución, lo cual parece indicar que pesó más lo declarado por la supuesta víctima que la certeza de lo sucedido, circunstancia que conduce a la duda de si la instrucción valoró alguna otra consideración que la de la parte acusatoria. En cualquier caso, el tiempo transcurrido, con el culpado sustraído "alegremente" de libertad, es abusivo para que entre tanto no se haya aclarado lo que realmente pasó, antes de que la Audiencia lo resolviese. Son casos en los que no valen excusas jurídicas. Exige que se depuren responsabilidades.

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