Opinión

Jueces y política

El grupo Popular en el Congreso ha registrado una proposición de Ley de reforma de la Orgánica del Poder Judicial en la que se pretende, entre otras positivas aportaciones al texto legal, que los jueces y magistrados en activo no puedan ser elegidos vocales del Consejo General del Poder Judicial en el turno de juristas . Parece claro que la Constitución no autoriza su acceso al Gobierno Judicial por ese turno, pero la practica ha sido la que ha sido, y la tropelía no ha sido anecdótica. Por esa vía se incorporó al primer Consejo quien luego fue ministro de Justicia en el Gobierno de Felipe González, Fernando Ledesma, que incluso fue promovido al Tribunal Supremo cuando en servicios especiales en la carrera judicial era, no recuerdo bien si diputado del PSOE o presidente del Consejo de Estado. Accedió también al Consejo por esa vía inapropiada y a mi juicio vulnerando la Constitución, el magistrado Antonio Alonso que fue luego diputado del PSOE por León y portavoz del Grupo Socialista del Congreso y ministro de Justicia con Rodríguez Zapatero. Había sido por cierto también portavoz de Jueces para la Democracia y al parecer esa asociación judicial «progresista» no promovía su candidatura para su elección en el turno de jueces y magistrados, vayan ustedes a saber. Incluso en el frustrado acuerdo para la renovación del Consejo General del Poder Judicial, roto hace algunos meses por la renuncia de quien, en contra de lo que dice la Ley, habían pactado que fuerapresidente del Consejo y del Tribunal Supremo, tenían convenido que el magistrado Ricardo de Prada, el redactor del ‘obiter dictum’ lo traduzco, ‘dicho de paso’ en la sentencia del asunto conocido como Gürtel, que trasladó a la opinión que el Partido Popular era objeto de reproche penal por su participación en los hechos, cuando, como ha declarado el Tribunal Supremo en la sentencia que resolvió el recurso de casación contra el creativo pronunciamiento judicial aludido, ha dicho textualmente, que "no se puede afirmar una responsabilidad penal sin acusación o defensa... La contradicción en la que entra la sentencia es evidente, considerar que el Partido Popular era conocedor y responsable penal, aunque sea a efectos teóricos, supone entender que no era ajeno a los hechos penales, de modo que sería imposible aplicar la norma utilizada para imputar civilmente a dicho partido en el proceso penal y con base a una figura, art. 122, que exige la ajenidad".

Lo cierto es que fue argumento de la moción de censura que desalojó del Gobierno al Sr. Rajoy. Que se intentara promoverle a una vocalía del Consejo, además por cauce irregular, sencillamente era un escándalo que nadie subrayó suficientemente.

La proposición de Ley a que aludo plantea también que no sean elegibles vocales del Consejo General del Poder Judicial quienes en los diez años anteriores hayan sido elegidos o designados para cargos políticos. Este extremo no está bien precisado en el texto, entre otras cosas porque no queda claro a qué cargos alcanzaría, y además deja fuera a los candidatos no electos, que eso sí, se han postulado e identificado políticamente, y alguna consecuencia debería también tener también para ellos esa acción política.

Pero nada dice la proposición mencionada, ni nada arguye nadie sobre algo que es complemento necesario, a bonis ad meliora —de bueno para mejor— : las puertas giratorias de la judicatura a la política que inquietan tanto o más si de lo que se trata es de la independencia y la imparcialidad de los que ejercen la potestad jurisdiccional que son los jueces y magistrados, no el Consejo, que carece de ella.

Los jueces y magistrados tienen que ser y parecer independientes e imparciales, y es llano que los que hacen excursiones a la política quedan contaminados. Piénsese en el bullicioso magistrado Luis Villares, portavoz de la Marea en el Parlamento de Galicia, que ahora dice volver al tribunal y puede hacerlo. Y nada menos que a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG, órgano jurisdiccional cuya competencia fundamental es el enjuiciamiento de los actos de la Xunta, de modo que este togado pareciera que pudiese dejar de ejercer la oposición en el Parlamento para continuarla en el tribunal.

Promoví como diputado que los jueces que optaran por irse a la política a su vuelta tuvieran limitaciones, y así se legisló en los noventa. Luego, los grandes "valedores de la independencia judicial" derogaron aquellas previsiones, y ahí la detestable realidad del juez hoy político y mañana juzgador. Una justicia independiente es incompatible con eso. En el escaño, en el ministerio o en el tribunal, lo uno o lo otro, y sin retorno.

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