Opinión

Dignidad humana y participación política

La persona se constituye en centro de la acción pública. No la persona genérica o una universal naturaleza humana, sino la persona concreta, cada individuo, revestido de sus peculiaridades irreductibles, de sus coordenadas vitales, existenciales, que lo convierten en algo irrepetible e intransferible, precisamente en persona.

En efecto, cada persona es sujeto de una dignidad inalienable que se traduce en derechos también inalienables, los derechos humanos, que han ocupado, cada vez con mayor intensidad y extensión, la atención de la política democrática de cualquier signo en todo el mundo. En este contexto es donde se alumbran las nuevas políticas públicas, que pretenden significar que es en la persona singular en donde se pone el foco de la atención pública. Cada mujer y cada hombre son, deberían ser, el centro de la acción pública. Y en el campo de los derechos fundamentales de la persona, nombre con el que se denominan los derechos humanos al interior de los Estados, hoy cobra especial fuerza la perspectiva participativa, además como derecho componente del derecho fundamental a la buena administración pública. Un derecho, por cierto, que debiera incluirse también en el listado de los derechos fundamentales de nuestra Carta Magna.

La ausencia de la persona, del ciudadano, de las políticas públicas de este tiempo, explica también que a pesar de la existencia de tantas normas promotoras de esquemas de participación, esta se haya reducido a un recurso retórico, demagógico, sin vida, sin presencia real, pues la legislación no produce mecánica y automáticamente la participación que, en todo caso, será consecuencia de temple cívico y de la educación democrática de la ciudadanía.

La participación la entendemos no solo como un objetivo que debe conseguirse: mayores posibilidades de participación de los ciudadanos en la cosa pública, mayores cotas de participación de hecho, libremente asumida, en los asuntos públicos. La participación significa también un método de trabajo social que aspira a que en el corazón de las políticas públicas, en su definición, análisis, implementación y evaluación, este presente la ciudadanía.

La determinación de los objetivos de las políticas públicas no puede hacerse realmente si no es desde la participación ciudadana. La participación ciudadana se configura, por tanto, como un objetivo público de primer orden, ya que constituye la esencia misma de la democracia. Una actuación política que no persiga, que no procure un grado más alto de participación ciudadana, no contribuye al enriquecimiento de la vida democrática y se hace, por lo tanto, en detrimento de los mismos ciudadanos a los que se pretende servir. Pero la participación no se formula solamente como objetivo, sino que exige la práctica de la participación como método.

La participación, en efecto, supone el reconocimiento de la dimensión social de la persona, la constatación de que sus intereses, sus aspiraciones, sus preocupaciones, trascienden el ámbito individual o familiar y se extienden a toda la sociedad en su conjunto.

Afirmar por tanto la participación como objetivo tiene la implicación de afirmar que el ser humano debe ser dueño de sí mismo y no ver reducido el campo de su soberanía personal al ámbito de su intimidad. Una vida humana más rica, de mayor plenitud, exige de modo irrenunciable una participación real en todas las dimensiones de la vida social, también en la política.

En este sentido la participación no puede garantizarse solamente con decretos ni con reglamentos. Solo hay real participación —insistimos— si hay participación libre. De la misma manera, la solidaridad no puede ser obligada. Esta relación de semejanza entre participación y solidaridad no es casual, por cuanto un modo efectivo de solidaridad, tal vez uno de los más efectivos, aunque no sea el más espectacular, sea la participación, entendida como la preocupación eficaz por los asuntos públicos, en cuanto son de todos y van más allá de nuestros exclusivos intereses individuales.

Ahora bien, al calificar la participación como libre nos referimos no solo a que es optativa sino también a que, en los infinitos aspectos y modos en que la participación es posible, es cada persona quien libremente regula la intensidad, la duración, el campo y la extensión de su participación. En este sentido, la participación —al igual que la solidaridad— es el resultado de una opción, de un compromiso, que tiene una clara dimensión ética, ya que supone la asunción del supuesto de que el bien de todos los demás es parte sustantiva del bien propio. Pero aquí nos encontramos en el terreno de los principios, en el que nadie puede ser impelido ni obligado.

La realidad demuestra que la participación depende en buena medida del reconocimiento de la autonomía personal. Sin autonomía personal es imposible la responsabilidad personal y comunitaria. Por eso, cuándo se afirma que el ser humano debe ser dueño de sí mismo establecemos la premisa fundamental para que descubra que su participación en todas las dimensiones de la vida social y política es el imperativo ético que procede de su autonomía y que le impulsa hacia una vida humana más equilibrada y plena.

Si se considera que uno de los objetivos esenciales de las nuevas políticas públicas es la participación, debemos llamar ahora la atención sobre el hecho de que la participación se constituye también como método para la realización de esas políticas. Por tanto, es menester mejorar los canales de participación social para que la gestión y administración de los intereses generales sea más participativa.
 

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