Las víctimas del falso médico ferrolano piden su ingreso inmediato en prisión tras el fallo del Supremo

Los afectados consideran que hay un "riesgo claro de fuga" ►Viveiro es uno de los lugares donde actuó el condenado
El falso médico ferrolano José Manuel López Pérez, alias Coté. DOMENECH CASTELLÓ (EFE)
photo_camera El falso médico ferrolano José Manuel López Pérez, alias Coté. DOMENECH CASTELLÓ (EFE)

La Asociación de Afectados de Intrusismo Médico-Sanitario (AIMS) han pedido el ingreso en prisión inmediato y la retirada del pasaporte para el falso médico ferrolano José Manuel López Pérez, conocido como Coté, quien acaba de ser condenado a cuatro años y medio de prisión por el Tribunal Supremo por intrusismo y estafa a una veintena de pacientes en un centro en Vinaròs (Castellón).

En declaraciones a Europa Press, la presidenta de esta asociación de víctimas, Esther Fontán, ha explicado que los abogados han solicitado estas medidas cautelarísimas ante el "riesgo claro de fuga", de modo que así comience de forma inmediata el cumplimiento de la sentencia.

El falso galeno tiene pendiente un juicio en A Coruña por su actuación en clínicas de Ferrol y Viveiro

Además del fallo del Supremo, está pendiente de que comience el juicio en la Audiencia Provincial de A Coruña –suspendido ya en dos ocasiones, la última en abril por la incidencia de la pandemia de la covid-19– por los hechos de sus clínicas de Ferrol y Viveiro, por los que Fiscalía llega a solicitar más de 300 años de prisión.

Sobre la sentencia ya dictada, Fontán celebra que dé "carpetazo" a lo ocurrido en Vinaròs, por lo que se dice "satisfecha" a pesar de que le gustaría que la condena fuese mayor: "Que vaya a ingresar en la cárcel ya es motivo de satisfacción". En concreto, el Supremo elevó a cuatro años y medio la pena de cárcel frente a los dos años y nueve meses que le imponía la Audiencia de Castellón.

Fontán destaca que gracias a este fallo los afectados de Vinaròs "pueden pasar página", a lo que añade que la causa de la Audiencia coruñesa, suspendida ya dos veces, puede recibir "un empujoncito". En este sentido, la presidenta de los afectados reclama "un espaldarazo" para fijar la fecha del juicio. "Nos da lo mismo que sea telemático o presencial", apostilla.

Y es que, según ha lamentado, los que tienen ya "una condena de doce años y cuatro meses" a la espera de juicio –desde su detención en Ferrol– son precisamente "las víctimas" y todos los que "ya no están", en referencia tanto a los que murieron por el tiempo transcurrido como a la persona que falleció supuestamente por una negligencia del propio Coté.

SENTENCIA DEL SUPREMO. La sentencia de la Sala II del Tribunal Supremo condena a cuatro años y seis meses de prisión por delitos de intrusismo y estafa a José Manuel López Pérez, alias Coté, y a otro hombre que, sin la titulación requerida para ejercer como médicos, engañaron a una veintena de pacientes en un centro en Vinaròs.

Allí, ambos se presentaban como médicos, examinaban a los enfermos, diagnosticaban enfermedades de todo tipo y prescribían tratamientos diversos, incluido en algún caso tratamientos con células madre, trasplantes y cirugías no menores.

Coté ejerció en Ferrol y luego se trasladó a Vinaròs. En su caso, el alto tribunal aumentó su pena de los dos años y nueve meses a los cuatro años y medio "al estimar la agravante en el delito de estafa de haber recaído el engaño en un bien de primera necesidad como es la salud".

También elevó la pena por el mismo motivo de Frederic Gisbert, desde los dos años y nueve meses a los cuatro años y medio; así como de su mujer, María Josefa Álvarez Aragón, que realizaba funciones de recepcionista en el centro, y que como cómplice de intrusismo y estafa es condenada a dos años y un mes de prisión.

El Supremo reconoció indemnizaciones por un total de 137.000 euros para 22 perjudicados, de los cuales 110.000 –5.000 por cada uno de los afectados– corresponden a daño moral, y el resto a dinero satisfecho por los tratamientos, que en la mayoría de los casos fueron absolutamente ineficaces. Deberán abonar las cantidades solidariamente uno de los acusados y su mujer, propietarios del local donde se montó la clínica, y en nueve de los casos deberá pagar también de forma solidaria el otro acusado.