Sarria tendrá que pagar al dueño de una nave el alquiler de dos años

El juzgado condena al Concello al entender que el contrato se prorrogó de forma tácita por no desocupa el lugar

Nave de la Rúa Formigueiros que fue alquilada, por el Concello. AEP
photo_camera Nave de la Rúa Formigueiros que fue alquilada, por el Concello. AEP

SARRIA. El juzgado de Sarria ha estimado la demanda presentada por el dueño de una nave de la Rúa Formigueiros contra el Concello, administración esta a la que condena a abonar al propietario el importe de las rentas de alquiler adeudadas durante dos años.

La sentencia entiende que el contrato entre las dos partes quedó prorrogado de forma tácita porque el Concello no llegó a desocupar la nave, de modo que tendrá que pagar las mensualidades desde agosto de 2016 hasta julio de 2018, fecha del fallo judicial.

A mayores, precisa que el contrato sigue en vigor hasta el próximo mes de noviembre, lo que deja la puerta abierta a que el dueño reclame también hasta esa fecha en caso de no percibir las rentas.

La nave en cuestión fue alquilada por el Concello en la suma de 1.379 euros al mes, de modo que la cantidad acumulada en todo este tiempo resulta cuantiosa.

Las instalaciones de la Rúa Formigueiros fueron alquiladas por el Ayuntamiento el 9 de junio de 2014 para servir como almacenamiento de material y vehículos. Según declaró en el juicio el exalcalde José Antonio García, el contrato comprendía también el uso de un terreno junto a la nave.

El 20 de agosto de 2015, el Ayuntamiento le adelantó al dueño su intención de desistir del contrato tres meses más tarde. No obstante, continuó ocupando la nave más allá de esa fecha, por lo cual el contrato se considera prorrogado por un año por tácita reconducción. El Concello pagó las mensualidades hasta agosto de 2016 y, en esa fecha, trató de entregar las llaves al dueño, negándose a recibirlas al desconocer el estado en que se encontraba la nave y los motivos de la rescisión.

Según la administración local, en agosto de 2016 quedó desalojado todo el material allí almacenado. No obstante, el demandante, asistido por el letrado Jesús García Benardo, consiguió probar que el Concello siguió ocupando las instalaciones con un coche del club ciclista y unas rampas de madera usadas para la celebración del descenso urbano en bicicleta, como reconoció también un operario.

«Lo lógico es que si el Ayuntamiento quería poner fin al contrato de arrendamiento prorrogado tácitamente hasta el 20 de noviembre de 2016 debería de haber adoptado las medidas necesarias para que el inmueble estuviese libre y expedito el día en que el contrato finalizaba, obviamente no fue así», indica el fallo, contra el cual cabe interponer recurso.

Según dice, el Concello «se desentendió del vehículo propiedad del club ciclista y de las rampas de madera empleadas por el club DHU». «Lo cierto es que dichos objetos permanecieron al menos hasta el 20 de julio de 2017», añade la sentencia, que entiende prorrogado el contrato de forma táctica hasta noviembre de 2018.

Por ello, condena al Ayuntamiento a abonar las rentas impagadas en todo ese tiempo y los intereses que correspondan, además de pagar costas del juicio.

Se levantó un acta notorial

El denunciante aportó un acta notarial según la cual el 20 de julio de 2017 las rampas seguían almacenadas en su nave. Este material fue llevado finalmente al campo de la feria en marzo de 2018 y, con respecto al coche, se desconoce su destino.

Otras instalaciones
El Concello atribuyó en su día la rescisión del contrato a la falta de suministro eléctrico en la nave, tras lo cual pasó a otra en la LU-546, por lo que tendrá que abonar dos alquileres. En enero de 2017 sacó a concurso el arrendamiento, que acabó desierto.

 

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