Un juez de Vigo valida que un hombre jubilado cobre el complemento de maternidad

Mano de un bebé y su progenitor. PIXABAY
photo_camera Mano de un bebé y su progenitor.

El Juzgado de lo Social 2 de Vigo ha avalado el derecho de un pensionista de cobrar el complemento de maternidad y condena al abono de estas cantidades con efectos económicos desde tres meses antes de que lo solicitara el demandante. 

El jubilado, con una pensión reconocida desde 2018, solicitó en enero de 2020 acogerse al complemento de maternidad recogido en el Real Decreto Legislativo General de la Seguridad Social, que en su caso supone un 5 % de aumento de su prestación al tener dos hijos, uno nacido en 1985 y el otro en 1994. 

Dicho decreto solo reconoce el complemento de maternidad a las mujeres que hayan tenido hijos biológicos o adoptados y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. 

El demandante basó su reclamación en la interpretación de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, que juzga discriminatoria esta normativa nacional y contraria a la Directiva 79/7 sobre la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social. 

En atención a los argumentos esgrimidos por este jubilado, el juez Germán Serrano considera procedente reconocer el complemento de la pensión de jubilación del beneficiario, con efectos económicos desde tres meses antes de solicitarlo. 

Y remite a otros fallos similares, como los del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 30 de abril y 1 de julio de 2020, o de Canarias ¿sala de Las Palmas- de 20 de enero de 2020; y también a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 20 de mayo de 2020. 

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