Las claves de la declaración de la renta del año de la pandemia

Gestha llama a no perder de vista el paro de los autónomos, los Erte y planes de pensiones
Un trabajador atiende a dos contribuyentes. AEP
photo_camera Un trabajador atiende a dos contribuyentes. AEP

Con la vista puesta en el inicio de la campaña de la renta de 2020 el 7 de abril, los técnicos de Hacienda de Gestha trazan algunas claves para exprimir al máximo el catálogo de deducciones y reducciones fiscales. Como siempre, las prisas a la hora de confirmar el borrador no son buenas consejeras y menos en el año del covid.

Erte y autónomos

 En un 2020 en el que más de 3,5 millones de trabajadores llegaron a estar afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (Erte), casi todos deberán presentar la declaración al tener dos pagadores. Mientras para los que tienen uno solo la obligación de tributar surte efecto cuando los rendimientos del trabajo rebasan los 22.000 euros anuales, la referencia baja a 14.000 para quien cobrase el paro. Eso sí, siempre que la cantidad abonada por el segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros. Gestha llama, además, a quienes hayan tenido que devolver parte de la prestación a revisar su borrador.

En cuanto a los autónomos que cobraron la ayuda extraordinaria por cese de actividad, las cuantías se consignarán como rendimiento del trabajo y no de la actividad.

Tampoco conviene perder de vista que desde el 1 de enero de 2020 se amplió la exención en el IRPF de las retribuciones en especie del servicio indirecto de comedor también en caso de teletrabajo.

Planes de pensiones

 El contribuyente que, para hacer frente a la crisis, recuperó parte de su plan de pensiones o de ahorro deberá reflejar el importe en el IRPF.

En lo que toca al ingreso mínimo vital (IMV), los técnicos concretan que está exento, al igual que las rentas mínimas de inserción y las demás ayudas autonómicas o locales para colectivos en riesgo de exclusión con un límite máximo anual de 1,5 veces el Iprem (11.279,39 euros al año). Eso sí, tanto el perceptor del IMV como sus familiares deberán presentar la declaración.

Alquileres

 Los arrendadores que aplicaron rebajas a sus inquilinos por el covid tendrán que reflejar los nuevos importes como ingresos y podrán deducirse los gastos.

Respecto a los donativos, cabe tener presente que se elevó la desgravación de los efectuados desde enero de 2020 hasta el 80% de los primeros 150 euros. También tendrán premio las aportaciones al Tesoro para financiar la pandemia.

Respecto a los autónomos que tributan por el método de estimación objetiva en el IRPF, la reducción del rendimiento neto de la actividad en 2020 se elevó del 5 al 20% y hasta el 35% para el turismo, hostelería y comercio. Además, para calcular el rendimiento anual, no se computan los días de inactividad durante el estado de alarma ni aquellos obligados por las posteriores restricciones aplicadas por las autonomías. Por otra parte, el Gobierno permitió renunciar por un año al sistema de módulos y pasarse al sistema de estimación directa sin tener que esperar tres.

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