Las dos plantas de Alcoa no podrán prestar servicio aunque aparezca comprador

Las instalaciones A Coruña y Avilés no podrán prestar el servicio de interrumpibilidad a partir del 1 de julio, tras comunicar en enero pasado que suspendían la producción de aluminio y desistían de prestar servicio

Trabajadores e Alcoa se manifiestan en la planta de A Coruña.CABALAR (Efe)
photo_camera Trabajadores e Alcoa se manifiestan en la planta de A Coruña.CABALAR (Efe)


Las plantas de la multinacional Alcoa en A Coruña y Avilés no podrán prestar el servicio de interrumpibilidad a partir del 1 de julio, tras comunicar en enero pasado que suspendían la producción de aluminio y desistían de prestar servicio, ni siquiera en el caso de aparecer un comprador con un proyecto viable.

Así lo ha comunicado la Delegación del Gobierno en Galicia en una nota relativa a Alcoa tras su solicitud de excepcionalidad para participar en la subasta de interrumpibilidad de energía eléctrica para el segundo semestre de 2019, que ha sido desestimada.

Directivos de las dos plantas de la multinacional estadounidense Alcoa indicaron el pasado 30 de enero que desistían de prestar servicio como consecuencia del despido colectivo acordado con los trabajadores y solicitaron autorización para participar en el proceso de habilitación para el siguiente periodo.

Alcoa alegó que concurrían motivos excepcionales y que esta cuestión resultaba imprescindible para hacer posible que la actividad se pudiera reanudar bajo el mando de un comprador o inversor.

El Gobierno argumenta que las condiciones de interrumpibilidad de energía eléctrica -que permite obtener un precio en condiciones ventajosas a cambio de que sus proveedores puedan suspender temporalmente el suministro en caso de necesidad- están sujetas a una orden de 2013.

Dicha norma establece que si un consumidor solicita no continuar prestando el servicio durante un periodo de entrega, ese desistimiento conllevará la imposibilidad del proveedor de ser prestador del servicio durante el período de entrega siguiente.

No obstante, la Dirección General de Política Energética y Minas del Gobierno central podrá autorizar la participación en la subasta siguiente cuando el desistimiento se hubiese producido por motivos excepcionales debidamente justificados por el interesado.

Sin embargo, en este caso, la solicitud de excepcionalidad planteada por Alcoa para participar en la subasta del segundo semestre, que se acaba de convocar, ha sido desestimada porque no concurren los motivos que requiere la norma, según el Gobierno.

Precisa que dicha situación de excepción está prevista para situaciones de fuerza mayor debidamente justificada por sucesos ajenos al operador, al margen de los riesgos comerciales normalmente asumidos por los empresarios.

Sin embargo, en el caso de Alcoa, según el Gobierno, "la situación laboral y productiva provocada por la falta de competitividad de estas plantas puede entenderse como inherente al riesgo comercial normalmente asumido por la empresa".

Además, advierte de que la situación "ya era conocida con anterioridad a la habilitación y celebración de la subasta, por lo que no puede calificarse como imprevista o sobrevenida".

Así, tampoco podrán prestar el servicio de interrumpibilidad a partir del 1 de julio de 2019 ya que se requieren varios meses para acometer inversiones de modernización de las plantas.

"Por tanto, habilitar a Alcoa para la subasta, sabiendo de antemano su imposibilidad de prestar el servicio, es una decisión demandable desde el punto de vista jurídico", subraya la nota.

Desde un punto de vista práctico, añade, su participación "distorsionaría" el funcionamiento del procedimiento de subasta porque aumentaría artificialmente la oferta disponible en el producto de 40 megawatios con el "agravante" de que la planta del grupo Alcoa en Lugo es el mayor oferente de este mismo producto.

Esa situación "podría poner el riesgo la validación de los resultados" por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, concluye la nota. 

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