El Gobierno declara zona de interés para Defensa el Campo de Maniobras y Tiro de Parga

Las instalaciones lucenses abarcan 141 hectáreas

Un militar francés durante un ejercicio de un supuesto ataque enemigo en el Campo de Maniobras y Tiro de Parga. ELISEO TRIGO (EFE)
photo_camera Un militar francés durante un ejercicio de un supuesto ataque enemigo en el Campo de Maniobras y Tiro de Parga. ELISEO TRIGO (EFE)

El Consejo de Ministros ha declarado tres zonas de interés en Asturias, Lugo y San Fernando (Cádiz) para salvaguardar los intereses de la defensa nacional, asegurando la seguridad y eficacia de sus organizaciones e instalaciones. Las zonas son: el acuartelamiento Cabo Noval y su Campo de Maniobras y Tiro, en Asturias (991 hectáreas); el Campo de Maniobras y Tiro de Parga, en Guitiriz (141 hectáreas); y la población militar de San Carlos, en San Fernando (Cádiz, 208,085 hectáreas). 

El Ejecutivo ha aprobado este viernes los distintos reales decretos en los que se determinan tres propiedades como zonas de interés para la defensa nacional, definida en el artículo 2 de la Ley 8/1975 como "las extensiones de terreno, mar o espacio aéreo que así se declaren en atención a que constituyan, o puedan constituir, una base permanente o un apoyo eficaz para las acciones ofensivas o defensivas necesarias para tal fin". 

Estas quedarán bajo la vigilancia y responsabilidad del Ministerio de Defensa, que será el competente para realizar el despacho y tramitación de solicitudes y otorgamiento de autorizaciones referentes a la observancia y cumplimiento de cualquier clase de prohibiciones, limitaciones o condiciones impuestas a dichas zonas.

LIMITAR SU USO. La necesidad de la preservación de estas instalaciones deviene del hecho de que, con carácter general, no contar con ellas o limitar su uso repercutiría enormemente en las capacidades operativas de las diferentes unidades militares, que no alcanzarían el nivel de preparación adecuado para el cumplimiento de las misiones y cometidos asignados. Asimismo, el Gobierno entiende que limitar el uso de este tipo de instalaciones de forma que se afecte a la ejecución de las actividades de adiestramiento operativo y manejo del material, afectaría negativamente a la seguridad del personal en el cumplimiento de las futuras misiones asignadas en operaciones. 

Por último, la pérdida, inhabilitación o limitación de todo o parte de cualquiera de estas propiedades implicaría la búsqueda y adquisición de una nueva zona de semejante extensión y características especiales, así como el posible traslado de algunas unidades, con la problemática asociada y el consiguiente incremento en el gasto público. 
 

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