El TSXG confirma la anulación de la licencia de la cantera de Cosmos

El tribunal rechaza los recursos presentados por el Concello de Triacastela y la cementera. La empresa anuncia que acudirá al Supremo
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photo_camera Las instalaciones de la cantera en Vilavella (Triacastela). AEP

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de confirmar la sentencia por la que se anuló la licencia de la cantera de Vilavella (Triacastela) de Cementos Cosmos, tras desestimar los recursos presentados por la empresa y el Concello.

La asociación cultural O Iribio había recurrido el permiso otorgado por el Ayuntamiento a la explotación en noviembre de 2014 y el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Lugo le dio la razón en 2017. En el mismo sentido se manifiesta ahora el TSXG, contra cuya sentencia se puede imponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El Concello no lo decidirá hasta la próxima semana, mientras que la empresa ya anunció que lo presentará e insiste en que la sentencia del TSXG no es firme.

En su resolución, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera, al igual que el Contencioso-Administrativo de Lugo, que la cantera se ubica sobre suelo rústico de especial protección del patrimonio por Cova Eirós, lo que no se tuvo en cuenta a la hora de conceder la licencia, señala.

Esta clasificación, afirma, requiere una tramitación para la obtención del permiso distinta a la seguida. Según explica en la sentencia, al ser suelo rústico de especial protección es preciso recabar la previa autorización del Consello de la Xunta, oída la comisión superior de urbanismo de Galicia y a propuesta de la consejería competente en materia de minas, lo que no se llevó a cabo.

ALEGACIONES. La cementera había argumentado en su recurso que para el otorgamiento de la licencia había que tener en cuenta la normativa de 2014, cuando se concedió, y no la resolución de abril de 2017 por la que se incoa expediente para declarar Bien de Interés Cultural (BIC) la gruta por la aparición de arte rupestre. Asegura que la sentencia del Contencioso-Administrativo aplica retroactivamente esta resolución para anular la licencia, lo que niega el TSXG.

La empresa defendió también que cuando se concedió no había planeamiento alguno que recogiera Cova Eirós como elemento del patrimonio cultural, pues el Ayuntamiento no tenía normas urbanísticas propias y las subsidiarias del planeamiento de Lugo no incluían la gruta. Además, sostuvo que en el momento en el que se dio el permiso solo tenía protección cultural el lugar físico de la cueva, no su entorno. El Ayuntamiento, por su parte, argumentó que se limitó a conceder la licencia conforme a los informes existentes en 2014.

El tribunal alega que entre 2014, cuando se dio el permiso, y 2017, al iniciarse el expediente de BIC de la gruta, no ha existido ningún cambio en la normativa urbanística y que no se produjo "ninguna aplicación retroactiva ni de normas ni de resoluciones administrativas".

COSTAS PROCESALES. Mantiene que el procedimiento seguido por el Concello para dar el permiso no fue correcto en vista a la clasificación del suelo, según recoge la sentencia del TSXG. Este también impone las costas tanto al Ayuntamiento como a Cementos Cosmos, con un límite de 1.000 euros para cada uno, por todos los conceptos.

La polémica por la licencia de la cantera de Vilavella se remonta ya a 2013, pues en septiembre de ese año la administración local paralizó la extracción de material porque la explotación carecía de licencia de actividad.

Tras una tramitación de varios meses, en noviembre de 2014 recibe el permiso del Ayuntamiento. Entonces la asociación cultural O Iribio lo impugnó. El Concello desestimó en aquel momento el recurso por la vía administrativa, tras lo que el colectivo acudió al juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

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