Niega que desoyera al juez para enviarle una carta a su ex y lo delata el matasellos

El hombre fue acusado de un delito de quebrantamiento de medida cautelar
La Audiencia Provincial de Lugo, donde se confirmó el fallo. AEP
photo_camera La Audiencia Provincial de Lugo. AEP

El juzgado de lo Penal número 1 de Lugo impuso una condena de ocho meses de prisión a un hombre acusado de saltarse una orden de alejamiento y enviarle una carta manuscrita a su expareja. El acusado alegó que se la había enviado tres años antes, pero el matasellos del sobre desmontó sus argumentos.

Según quedó recogido en la sentencia, el 21 de septiembre de 2016, el juzgado dictó un auto por el que se prohibía al hombre aproximarse a menos de 300 metros de su expareja o comunicarse con ella por cualquier medio. Aun así, el 21 de junio de 2017, cuando todavía estaba vigente la medida cautelar, el acusado le envió a la mujer una carta manuscrita a su domicilio.

El hombre fue acusado de un delito de quebrantamiento de medida cautelar -previsto en el artículo número 468.2 del Código Penal- y el juez le impuso una condena de ocho meses de prisión, pero el letrado de la defensa presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Lugo.

El acusado reconoció que fue el autor de la carta, pero alegó que la había enviado en el año 2014, y no cuando estaba en vigor la orden de alejamiento. Sin embargo, el tribunal concluye que “existe un dato que apunta de manera inequívoca al año 2017, y es el matasellos del sobre, que plasma Junio de 2.017, en correspondencia con la fecha que se plasma en la propia carta”. Además, la sala recalca que “queda asimismo acreditado y no existe controversia sobre la existencia de un auto vigente al tiempo de la comisión de los hechos, que impedía al recurrente comunicarse con su expareja”.

De este modo, la Audiencia Provincial confirma la condena por quebrantamiento de medida cautelar dictada por la jueza del Penal número 1 de Lugo, que ya es firme.

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