Multado al intentar arrollar a los vecinos con los que pleiteaba por un alprende

El acusado empotró su coche contra la puerta, tras la que estaban tres hombres, y uno de ellos salió despedido. Dijo que fue un accidente, pero el juez no le creyó
Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo. GOOGLE MAPS
photo_camera Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo. GOOGLE MAPS
Un hombre que intentó atropellar a sus vecinos, con los que pleiteaba por la puerta de un alpendre, fue juzgado como autor de un delito leve de lesiones y condenado a pagar una multa de 900 euros. Uno de los denunciantes acabó con la nariz rota y múltiples contusiones, pero el juez concluye que las lesiones que sufrió "solo exigieron para su sanidad una primera asistencia sanitaria", por lo que considera que el delito fue leve y el autor saldó su acción con una pena de multa.

La sentencia considera probado que el 26 de septiembre de 2015, sobre las diez de la mañana, el acusado se subió a su turismo, un Seat Altea, y aceleró hacia el portal de un alpendre, donde se encontraban sus vecinos -padre e hijo- acompañados de un perito. El conductor, "con desprecio total a la integridad física de los tres hombres, cogió velocidad y colisionó la puerta de la instalación.

A raíz del impacto, el hijo -que estaba detrás de la puerta- salió despedido y cayó al suelo herido. El joven sufrió una fractura de los huesos propios de la nariz, así como numerosas erosiones y contusiones por todo el cuerpo, por lo que tuvo que recibir asistencia médica, estuvo 19 días de baja y tardó un mes en recuperarse por completo de las lesiones. El golpe fue tan violento que el conductor también sufrió contusiones en las piernas y tuvo que acudir a un centro médico.

El fallo explica que existía un pleito entre el acusado y sus vecinos por la puerta de acceso al alpendre y que el día del altercado, los denunciantes estaban en el lugar con un perito para realizar un informe y posteriormente aportarlo al pleito civil.

El juzgado de lo Penal número 1 de Lugo condenó al acusado como autor de un delito leve de lesiones y de otro delito leve de daños, imponiéndole una multa total de 1.800 euros, 900 por cada uno de los delitos. El hombre recurrió el fallo ante la Audiencia de Lugo alegando que no había empotrado su coche contra la puerta del alpendre de manera voluntaria e intencionada, sino que, tras iniciar la marcha, no se dio cuenta de que el hijo de su vecino estaba abriendo la puerta y colisionó contra la misma, pero detuvo el coche de inmediato. Sin embargo, el tribunal da credibilidad a la declaración de los denunciantes, y sobre todo a la del perito, quien explicó que el acusado se subió al coche, estuvo esperando y, cuando abrieron la puerta del alpendre, los vio "perfectamente", y aun así "aceleró el coche a fondo y se empotró contra la puerta".

Igualmente, se practicó una prueba pericial sobre el incidente y el perito que la realizó concluyó que el conductor hizo "una maniobra brusca instantánea y sin tomar ninguna precaución, siendo la trayectoria del vehículo inadecuada y circulando más próximo al alpendre, cuando disponía de mayor espacio por el lado derecho, por el que pasaría sin mayor problema". Además, señaló que circulaba a una velocidad "disparatada" para ese camino. La Audiencia confirmó la condena por un delito leve de lesiones, pero lo absolvió del delito de daños al considerarlo prescrito.