Consumo sanciona a Endesa por falta de accesibilidad a su página de atención al cliente

La empresa ya ha iniciado el proceso para subsanar los problemas de la web

Captura de la web de endesa. DP
photo_camera Captura de la web de Endesa. EP

El ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, ha sancionado a Endesa Energía S.A con una multa de 30.001 euros por falta de accesibilidad a su página web de atención al cliente.

Esta sanción llega después de la denuncia interpuesta por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), que se hizo eco de las quejas planteadas por clientes de la compañía que no podían utilizar la web de manera autónoma.

En su resolución, el departamento que dirige Carmen Montón señala que la web de atención al cliente de Endesa no cumple los requisitos legales de accesibilidad a los que obliga la ley de Servicios de Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, por lo que incurre en una infracción administrativa considerada grave.

Según ha informado el CERMI en un comunicado, las sanciones pueden ascender hasta los 90.000 euros, pero la resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales establece 30.001 euros al tener en cuenta que Endesa ha iniciado un proceso de renovación de su web para subsanar los problemas de accesibilidad.

La sanción, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Nacional, responde a la comisión de una infracción grave de las establecidas en la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.

Además de la multa, Sanidad prohíbe a Endesa concurrir en procedimientos de otorgamiento de ayudas sociales consistentes en subvenciones u otras ayudas en su sector de actividad por un período de un mes.

El CERMI ha recordado que todas las páginas de internet públicas, así como las de las empresas que según la Ley prestan servicios de especial trascendencia económica, han de ser accesibles para personas con discapacidad y mayores y que el incumplimiento de este deber constituye una infracción administrativa por discriminación.

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