La Diputación deberá pagar 321.000 euros a un joven accidentado en Paradela

La Diputación de Lugo deberá indemnizar con 321.000 euros a un joven de Paradela que sufrió un accidente en un vial provincial que le dejó graves secuelas. Así lo dictaminó el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que estimó en parte un recurso del afectado, defendido por el abogado Jesús García Bernardo, en el que pedía un millón de euros.

Durante todo el proceso judicial la parte demandante vinculó el accidente a la existencia de un bache en la carretera, el vial 4201 de Pacios por Mosteirovello, en Paradela. Por su parte, los letrados del ente provincial achacaron el siniestro, registrado en mayo del año 2005, a la «velocidad inadecuada» del conductor, al afirmar que el socavón estaba en el arcén.

Tras una sentencia desestimatoria anterior, el joven presentó un recurso ante el TSXG en el que reiteraba sus argumentos de que «la carretera no estaba pintada, se encontraba deficientemente señalizada y existía un bache en el margen derecho que no estaba señalizado, era de grandes dimensiones, no era visible con antelación y era antiguo, habiendo causado otros accidentes», según se recoge en el escrito del tribunal.

Al perder el control de su vehículo, la víctima colisionó con un tractor, cuyo conductor fue absuelto en su día en un juicio de faltas. A causa del impacto, el joven padece una severa incapacidad, con daños cerebrales «muy graves que requieren de la supervisión continua de una tercera persona», se refleja en el mismo escrito.

Velocidad «inadecuada»

En su sentencia, el TSXG estima que en la gravedad del accidente influyó la velocidad a la que circulaba el joven -que entonces tenía 19 años-, que era «en todo caso inadecuada para el estado en el que se encontraba la vía, mojada y consecuentemente resbaladiza», y la «falta de pericia del conductor, como conductor novel que era».

No obstante, se puntualiza que «en modo alguno cabe afirmar que la velocidad inadecuada rompa el nexo de casualidad primariamente derivable de la existencia de un obstáculo inopinado y no señalizado», aunque se añade que era visible por las características de la vía y la hora del accidente, por lo que éste «podría haberse evitado de reaccionar el conductor adecuadamente y no de forma brusca».

Al encontrar «concurrencia de culpas», el TSXG condena a la Diputación a indemnizar al joven con 320.821 euros «por las lesiones y secuelas producidas», más otros 650 por los daños del vehículo, una cantidad que supone un tercio de lo demandado -un millón de euros- al «moderarse a la baja» dicha indemnización por la velocidad «inadecuada» a la que circulaba el afectado.

La sentencia revoca un fallo anterior a favor de la institución

El fallo del TSXG, contra el que no cabe recurso ordinario, es el último episodio de un largo proceso judicial y deja sin efecto una sentencia anterior, dictada el 23 de febrero de 2010 por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo, en la que se desestimó íntegramente el recurso presentado por la víctima del accidente de tráfico. Por entonces, el tribunal lucense entendió que «la causa esencial del siniestro registrado vino dada por la inadecuada velocidad» a la que circulaba en su vehículo el joven de Paradela.

Comentarios