Niegan la indemnización al dueño de una casa ruinosa que se cayó en Lugo

Pedía 124.000 euros a los propietarios de un solar contiguo que estaba en obras, pese a que tomaron todas las precauciones
El inmueble desplomado estaba en la calle San Roque, donde ahora hay un solar
photo_camera El inmueble desplomado estaba en la calle San Roque, donde ahora hay un solar

La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia del juzgado de Primera Instancia 1 en la que se niega el derecho a indemnización a los propietarios de una casa que se vino abajo durante las obras en un solar colindante, pero que presentaba un estado ruinoso desde al menos ocho años antes sin que se acometiera su reparación. Reclamaban un total de 124.000 euros.

El inmueble estaba situado en la calle San Roque. Los propietarios del inmueble colindante comenzaron obras de excavación el 11 de abril de 2011 y esa misma noche, el edificio se desplomó sobre sí mismo. Los dueños de la casa consideraron que una mala previsión y ejecución de esas obras era la causante del desplome y reclamaron daños por labores de desescombro y de restitución a su estado inicial, más una responsabilidad civil. En total, demandaban algo más de 124.000 euros.

Sin embargo, tanto el juez de Primera Instancia como ahora la Audiencia Provincial consideran que, si bien las obras de excavación pudieron ser el detonante, el colapso del edificio se debió al estado de ruina previo que presentaba. Llegaron a esta conclusión después de conocer durante el juicio que el inmueble ya había sido objeto de un primer informe de la Patrulla Verde de la Policía Local en 2003, con requerimiento del Concello para que se realizaran obras de reparación, que nunca llegaron a acometerse.

Además, consideran que los promotores de la obra han acreditado que tomaron las medidas legal y técnicamente exigibles para acometer la excavación y cimentación de su solar. En este sentido, procedieron a apuntalar la pared medianera y acometieron la excavación mediante el sistema de bataches para evitar desplazamientos de suelo.

Ante estas pruebas, los dos tribunales llegan a la conclusión de que la caída del edificio se debió "a su propio estado de ruina", y no por negligencia de los ejecutores de la obra colindante.

ABUSO DE DERECHO. "En conclusión", expone la sentencia de la Audiencia, que le deniega incluso una indemnización por el desescombro, "no pueden pretender los actores que los propietarios de los predios colindantes dejen de utilizarlos, impidiendo la construcción en ellos, en atención al estado de conservación de su edificio porque supondría un ejercicio abusivo de su derecho, una vez que se estima acreditado que las medidas adoptadas fueron las adecuadas a la obra".

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