El juzgado dice que los servicios mínimos de la huelga municipal fueron legales

La protesta se celebró en diciembre de 2018
Los funcionarios del Concello están en huelga. EP
photo_camera Las dependencias del Concello, durante la huelga. EP

El juzgado contencioso-administrativo número 1 de Lugo rechazó el recurso que en su día presentó la CIG contra los servicios mínimos establecidos en la huelga que se vivió en el Concello en diciembre del año 2018.

La jueza Olalla Díaz señala en la sentencia que acaba de emitir que el hecho de que hubiera una reunión entre el entonces director general de recursos humanos y el comité de huelga prueba que hubo negociación.

Asimismo, la jueza considera legales los servicios mínimos que se fijaron. El sindicato alegaba que en algún servicio o centro de trabajo fueron del 100%, pero se consideran justificados porque eran casos en los que solo había un trabajador y si no se adoptaba esa decisión algunas dependencias no podrían abrir. Era el caso de algún colegio donde solo había un conserje o del cementerio municipal. Prima el interés público, dice la jueza.

Comentarios