El juzgado anula otras ocho multas a la Plataforma por las protestas del río

Las sanciones sumaban 2.400 euros por la manifestación de 2014 tras el desalojo de la isla

La manifestación recorrió las calles de la  villa el 25 de marzo de 2014. EP
photo_camera La manifestación recorrió las calles de la villa el 25 de marzo de 2014. EP

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Lugo ha anulado ocho multas impuestas por la subdelegación del Gobierno a la Plataforma Sarriana polo Río por las protestas del año 2014 en contra del plan de encauzamiento. Se trata de sanciones que suman 2.400 euros y que habían sido aplicadas a ocho vecinos por la manifestación del día 25 de marzo de aquel año como reacción tras el desalojo policial de la acampada de la isla de O Toleiro.

La anulación de estas multas a la Plataforma polo Río viene a sumarse a la de otras cuatro —por un importe global de 2.000 euros—, que el juzgado también dejó sin efecto en otra sentencia de 2016.

El día 25 de marzo del año 2014, una manifestación multitudinaria recorrió las calles de Sarria en protesta por el desalojo de los vecinos que permanecían acampados en la isla de O Toleiro para impedir la tala de árboles dentro del plan de encauzamiento del río.

Ocho de los participantes en aquella manifestación fueron sancionados con 301 euros cada uno de ellos. Se les consideró "organizadores o promotores" de un acto que no había sido comunicado previamente a la autoridad competente para obtener los permisos, lo que fue tipificado como una "infracción grave en materia de seguridad ciudadana".

Los ocho sancionados presentaron un recurso administrativo contra aquellas resoluciones de la subdelegación del Gobierno, el cual fue desestimado por la secretaría general técnica del Ministerio del Interior en varios escritos del año 2016. Asistidos por el letrado José Soto Carballada, acudieron entonces al juzgado, que acaba de darles la razón.

En su sentencia, la titular del Contencioso-Administrativo número 2 señala que "la mera participación activa en la manifestación que nos ocupa no resulta suficiente para integrar la infracción por la que se sanciona, sino que es necesario un plus integrador de la misma que en este caso no ha resultado acreditado".

Es decir, no ve probado que estos ocho vecinos fueron promotores de la manifestación, que "tuvo el carácter de respuesta o movilización popular ante hechos o acontecimientos de relevante influjo social en la localidad".

La sentencia entiende que tanto las denuncias efectuadas por los agentes de la Guardia Civil como su posterior ampliación no constituyen en este caso prueba de cargo suficiente porque "adolecen de la necesaria acreditación de la intervención de cada uno de ellos en los hechos que se les imputa y por los que finalmente se les sanciona".

FOTOGRAFÍAS. Así, no se aportaron fotografías, vídeos u otro soporte material que "de manera objetiva permitiese concretar la actividad desplegada por los recurrentes". A cuatro de los manifestantes, "se les imputa de modo genérico haber realizado declaraciones de convocatoria de dicha manifestación y/o discursos o proclamas, pero sin concretar cuáles", recoge el fallo.

Con respecto a otro vecino, señala que "realizar fotografías de un hecho poco común en la villa y en el que participa una gran parte de la ciudadanía de la localidad, aunque para ello se colocase delante de la manifestación, no basta para deducir sin más que fuese un promotor del evento".

De igual modo, asegura que "el simple hecho físico de portar pancartas o lemas con el tema de la concentración, sin más especificaciones en cuanto a la actuación de los mismos y sin concretar otras conductas que a algunos de ellos se imputan, no es suficiente para destruir la presunción de inocencia". Como tampoco lo es la imputación de publicaciones en redes sociales "sin aportar siquiera un pantallazo de ordenador o alguna otra prueba".

Los recurrentes defendieron que la manifestación fue un acto espontáneo de la ciudadanía en el que participaron, pero sin convocarla ni dirigirla. La Plataforma polo Río reiteró este martes que "aquel 25 de marzo os veciños de Sarria saíron á rúa sen ser previamente convocados, indignados polo desaloxo dos membros que acamparan na illa do Toleiro —e impedindo así a tala dos ameneiros— dende un mes de antes".

Reacciones
"A vía da represión non tivo efecto", dice el colectivo 

 
La Plataforma Sarriana Polo Río aseguró este martes, que "a vía da represión intentada dende a subdelegación do Goberno naquel tempo non só non tivo efecto sobre a mobilización dos veciños de Sarria senón que agora está sendo corrixida por parte da Xustiza".

En su opinión, "as arbitrarias actuacións" del entonces subdelegado buscaban "amedrentar" a los vecinos que protestaban y "eliminar a oposición na rúa" a un proyecto de la CHMS que finalmente "naufragou".

Ponte Ribeira
La Plataforma reclamó a CHMS, Xunta y Concello "que por unha vez pensa no ben común" y busquen una solución para Ponte RIbeira "respectuosa co patrimonio" y que permita su reapertura "á maior brevidade posible". Una vez más defendió que la solución más rápida y económica es "repoñer o taboleiro respectando a estrutura dos piares".

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