El Supremo desestima los recursos sobre la línea de alta tensión en A Fonsagrada

El ayuntamiento lucense y el asturiano de Santa Eulalia de Oscos rechazaban la construcción del trazado entre Boimente y Pesoz

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por el Ayuntamiento lucense de A Fonsagrada y el asturiano de Santa Eulalia de Oscos acerca del trazado de la línea eléctrica de alta tensión Boimente-Pesoz.

En una sentencia cuyo contenido fue divulgado este jueves, el alto tribunal rechaza así los recursos de casación de ambos municipios y de la asociación Camín Grande contra una sentencia de abril de 2014 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid e impone a las partes el pago de las costas judiciales.

Los dos ayuntamientos, así como la asociación Camín Grande, constituida en febrero de 2012, rechazaban la construcción de esa línea de 400 kilovatios entre Boimente y Pesoz alegando supuestas irregularidades en cuestiones medioambientales o urbanísticas que el Tribunal Supremo ha coincidido en desestimar.

El Consejo de Ministros acordó en abril de 2013 declarar de utilidad pública la línea de alta tensión Boimente-Pesoz, a solicitud de la firma Red Eléctrica de España, que alegaba que así permitirá facilitar la evacuación y el transporte de la generación excedentaria de estas regiones, así como favorecer la de tipo renovable, principalmente eólica.

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