El derribo se demoró casi ocho meses

El Concello de Monterroso aprueba la demolición de parte de la gasolinera

La junta de gobierno del Ayuntamiento de Monterroso aprobó el proyecto de demolición de parte de la ampliación de la gasolinera, que fue declarada ilegal por una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia

La junta de gobierno del Ayuntamiento de Monterroso, cuyo alcalde es el independiente Jesús Otero, aprobó este miércoles la licencia para el proyecto de demolición de parte de la ampliación de la gasolinera, que fue declarada ilegal por una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TXSG) y que daba la razón a una anterior del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo.

La ejecución de la demolición supondrá que la tienda de la estación de servicio verá reducida su superficie de los 91,50 metros cuadrados actuales a los 54,60 que tenía antes de que se ejecutara esta obra a finales del año 2011. Y es que, aunque el 15 de septiembre de aquel año el entonces regidor Antonio Gato Soengas autorizó la licencia urbanística para llevar a cabo la ampliación, María Raquel Sabariz García, como copropietaria de la finca colindante, presentó un recurso ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo, al entender que sus terrenos se veían afectados por la ampliación.

Ese tribunal dictó una sentencia el 18 de febrero de 2014 que reconocía que la concesión de la licencia municipal otorgada para la ejecución de la obra no se ajustaba a legalidad al encontrarse la estación de servicio fuera de la ordenación de las normas subsidiarias de planeamiento municipal (NNSSPM), por lo que en la instalación solo se podían hacer obras «de mera conservación» y en ningún caso de ampliación, según establece el artículo 103,2 de la Ley de Ordenación Urbanística de Galicia (Louga).

Contra esa sentencia, el Concello de Monterroso presentó un recurso de apelación, que fue desestimado por el TSXG, que estimó que la obra no era de «consolidación, reparación, modernización o mejora» de la instalación, que sí estaría amparado por las normassubsidiarias, sino de ampliación de la nueva tienda, lo que es «incompatible» con la ley.

Sobre esta sentencia, dictada en junio de 2015, no cabía recurso, por lo que el Ayuntamiento quedaba obligado a ejecutar el derribo en los mismos términos que recoge la sentencia y que, únicamente, afecta a la parte de la ampliación realizada en la zona donde se ubica la tienda.

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