El acuerdo de París fija mecanismos vinculantes para que la temperatura no aumente más de dos grados

No quedan supeditados a judicatura, sin embargo, los objetivos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, tal y como pretendían China, EEUU o la India

El acuerdo legal universal de lucha contra el cambio climático que los países prevén aprobar este sábado en París desarrolla todo un paquete de medidas vinculantes a largo plazo para lograr un fin: que la temperatura del planeta no aumente más de 2 grados a finales de siglo respecto a los niveles preindustriales.

No obstante, los países aluden al límite de los 1,5 grados centígrados como el aumento de temperatura que no convendría superar para que los impactos del calentamiento no sean catastróficos, según el texto que acaba de ser publicado por Naciones Unidas y que está previsto aprobar en el plenario de la cumbre del clima (COP21).

El Acuerdo de París, que cuenta con 11 páginas y una "Decisión" que lo desarrolla en otras 20, es jurídicamente vinculante, aunque no su totalidad: no lo son los objetivos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero que presentan los países, como pretendían China, Estados Unidos o la India.

El pacto entrará en vigor en 2020 y con él las 186 contribuciones nacionales de lucha contra el cambio climático presentadas. Cada cinco años los países deberán revisar sus contribuciones por un mecanismo de "reporte y rendición de cuentas transparente", con la idea de ir renovando sus promesas nacionales al alza para lograr el objetivo propuesto de que la temperatura no aumente más de dos grados, y los nuevos compromisos nunca podrán ser menos ambiciosos que los anteriores.

Los países se proponen que las emisiones toquen techo "tan pronto como sea posible", reconociendo que esta tarea llevará más tiempo para los países en desarrollo, y que se efectúen reducciones rápidas a partir de ese momento para encontrar "un equilibrio entre las emisiones provocadas por la acción del hombre y lo que puede absorber la atmósfera" en la segunda mitad de siglo.

De este párrafo, que hace referencia a los objetivos de mitigación a largo plazo, desapareció primero una meta de reducción para 2050, después la descarbonización y finalmente la referencia a la "neutralidad" de emisiones que debía alcanzarse en la segunda mitad del siglo.

Lo que vienen a decir los nuevos objetivos a largo plazo del Acuerdo de París es que se podrá seguir emitiendo gases de efecto invernadero siempre que estos puedan ser capturados y almacenados geológicamente, además de por el efecto "sumidero" que poseen los sistemas naturales.

El texto, de hecho, hace un reconocimiento a los bosques como sumidero y a la obligatoriedad de preservarlos, con la ayuda internacional que ello requiera.

El acuerdo también recoge las necesidades de financiación de la adaptación, un mecanismo de pérdidas y daños por el cambio climático, y la acción climática antes de 2020, todo ello "en base a las capacidades de cada uno". Y fija como suelo para la financiación climática un mínimo de 100.000 millones de dólares anuales a partir de 2020.

Aborda asimismo la noción de "justicia climática", y en cada aspecto está reflejada la diferenciación entre países a la luz de las circunstancias nacionales.

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