Condenan al Sergas por la muerte de un paciente en el hospital de Burela

La víctima, Manuel Rodríguez Álvarez, falleció a causa de una infección tras una operación programada, no urgente y sencilla
Hospital da Costa, en Burela
photo_camera Hospital da Costa, en Burela

El Sergas deberá indemnizar con 79.000 euros a la familia de Manuel Rodríguez Álvarez, fallecido en el Hospital da Costa de Burela por una infección contraída en quirófano durante una operación de vesícula mediante la técnica de laparoscopia, que está considerada como mínimamente invasiva.

La sentencia del juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Santiago, con fecha pasado 26 de enero, deriva de un recurso presentado por la abogada de la familia, Mar Vivero, del bufete Barreiro Vivero de Santiago, contra la resolución de la secretaría xeral técnica de la Consellería de Sanidade, en la que inicialmente se desestimaba la reclamación de responsabilidad por el fallecimiento.

Los hechos se produjeron el 19 de marzo de 2011, cuando Manuel Rodríguez falleció por una infección nosocomial o postoperatoria, provocada por la defectuosa asistencia sanitaria prestada en el Hospital da Costa de Burela, tal y como se establece en la sentencia.

La referida resolución judicial determina que "no se ha cumplido con el requisito de demostrar que se ha velado eficazmente por la asepsia evitando la presencia de gérmenes nocivos en el recinto del establecimiento sanitario, ya que al paciente, que ingresó en el hospital para una operación programada, no urgente y sencilla, le han sido inoculado durante la actuación médica los gérmenes clostridium y enterococcus, por no haberse extremado las medidas precautorias necesarias".

El juez aclara que la existencia de protocolos "no demuestra que la asepsia haya sido llevada a cabo, sino que solamente indica que el Hospital dispone de una determinada documentación a tal efecto, pero ello no es demostrativo, como tampoco el informe del Servicio de Medicina Interna, de que se hayan cumplido las medidas de precaución necesarias o exigibles".

"Lo cierto es que ingresado el paciente en el hospital para la realización de una colecistecomía, cirugía no compleja, consta que se generaron los dos gérmenes de que se trata, ocasionándose la fascitis necrotizante, que se caracteriza por su gravedad y que es rápidamente progresiva, ocasionando el fallecimiento del paciente", concluye la sentencia.

La familia del fallecido considera, tras conocer la sentencia, "que tras seis años se hace por fin justicia", al tiempo que esperan que "sirva para evitar que sucedan este tipo de hechos trágicos y dolorosos, evitables si se hubiese cumplido con todos los cuidados exigibles en un hospital público".

Comentarios