Según quedó recogido en el escrito de acusación del ministerio público, el juzgado de Instrucción número 1 de Lugo le impuso al acusado una medida cautelar que le prohibía acercarse a menos de 500 metros de su expareja o comunicarse con ella por cualquier medio. Esta resolución judicial le fue notificada el 4 de septiembre de 2017, «con todos los apercibimientos legales».
Aun así, el 23 de septiembre de 2017, sobre las cinco de la tarde, el acusado acudió al pabellón municipal de Lugo, donde sabía que el equipo en el jugaba la joven iba a disputar un encuentro. El hombre, según alegó el fiscal, acudió al partido «con la intención de verla y tener contacto con ella». De hecho, cuando la chica llegó al pabellón ya vio al acusado en la puerta.
El ministerio público acusó al hombre de un delito de quebrantamiento de medida cautelar, penado en el artículo 468.1 del Código Penal, y solicitó inicialmente para él una condena de 6.000 euros de multa. Sin embargo, el juicio no llegó a celebrarse, ya el acusado reconoció los hechos y llegó a un acuerdo de conformidad con la acusación.
El Penal número 2 de Lugo también condenó por quebrantamiento de condena a un hombre que se saltó una orden de alejamiento de su pareja y fue sorprendido por las fuerzas de seguridad cuando viajaba en coche con la joven, con el consentimiento de ella.
El hombre había sido condenado por coacciones y no podía acercarse a la mujer desde el 2 de noviembre de 2.016 hasta el 27 de octubre de 2.017. Sin embargo, fueron vistos juntos el 30 de junio de 2017, por lo que fue condenado por un delito de quebrantamiento de condena y el juez le impuso seis meses de prisión.