Cataluña rebajará un 50% el alquiler de los locales cerrados por el coronavirus

"El objetivo es evitar el cierre empresas y la destrucción puestos trabajo", asegura la portavoz del Govern, Meritxell Budó
Un local de Barcelona. EFE
photo_camera Un local de Barcelona. EFE

El Govern ha aprobado este martes un decreto ley con el que rebaja hasta un 50% el alquiler de los establecimientos y locales comerciales que tienen prohibido desarrollar su actividad por las restricciones para atajar los contagios de covid-19, como bares y restaurantes.

Tal como ha anunciado en rueda de prensa la portavoz del Govern, Meritxell Budó, se trata de un decreto que faculta a los titulares de los establecimientos a iniciar una negociación con los propietarios de inmuebles para establecer una rebaja temporal y de mutuo acuerdo de la mensualidad de las rentas.

En concreto, establece un período de negociación de un mes entre el propietario del local y el arrendatario y, en caso de no alcanzar un acuerdo, pasa a aplicarse automáticamente una rebaja del alquiler en función de una tasación preestablecida.

La nueva norma fija que, si no hay acuerdo entre las partes, el alquiler de aquellos negocios que están totalmente cerrados por las medidas sanitarias, como bares y restaurantes, centros de estética, bingos, casinos, salas de juego o ludotecas, se reducirá automáticamente un 50% a contar desde el día en que el arrendatario notifique su voluntad de negociar.

Cuentan también como negocios cerrados los restaurantes, cafeterías y bares que funcionan haciendo entregas de comida para llevar o a domicilio, por lo que, ante la falta de acuerdo, la reducción de la cuota de sus alquileres será de la mitad.

Por otro lado, los negocios cuya actividad está parcialmente limitada por la pandemia, como comercios, teatros, tiendas 24 horas, gimnasios u hoteles, tendrán una rebaja del alquiler proporcional a la disminución de sus aforos y horarios de atención al público.

En este caso, la rebaja se aplicará únicamente sobre la parte afectada, por lo que si un comercio tiene permitido abrir al 50%, el arrendatario deberá pagar el 75% del alquiler.

"Es un mecanismo rápido y eficaz para evitar que el coste de la pandemia recaiga sólo en una de las partes del contrato de arrendamiento. Favorece el pacto, pero impide que la negociación dilate la rebaja de las cuotas", ha resumido Budó, quien ha aseverado que el objetivo es evitar el cierre empresas y la destrucción puestos trabajo".

Budó también ha explicado que el Govern se da un plazo de dos años para incorporar la cláusula "rebus sic stantibus" en el Código Civil que permite modificar contratos ante cambios sobrevenidos y extraordinarios como la pandemia.

Fuentes del ejecutivo catalán han señalado a Efe que el decreto ha sido elaborado por los departamentos de Justicia y Empresa y Conocimiento en colaboración con el Gremio de Restauración de Barcelona para evitar la judicialización de los casos.

Según las mismas fuentes, se trata de una solución "rápida" que "evita el vía crucis judicial" y permite a los restauradores y comerciantes afectados ahorrarse los costes del proceso y la dilatación de la resolución, que en el caso de tramitarse en los juzgados podría demorarse meses o incluso años.

Además de la modificación del ordenamiento jurídico, en los últimos días se ha barajado otra posibilidad, propuesta por el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), que pasaba por la mediación con el auxilio de letrados e implicaba la resolución de los casos por parte de un juez.

No obstante, esta opción habría sido descartada por el Govern porque podría ahondar aún más la saturación de los juzgados y porque las sentencias probablemente llegarían cuando muchos negocios ya se hayan visto forzados a bajar la persiana, ya que durante todo el proceso tendrían que seguir pagando sus respectivos alquileres. 

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