La Audiencia ve violencia psíquica en llamar a su ex 400 veces en tres meses

El juez impuso al acusado una condena de diez meses de cárcel y dos años de alejamiento como autor de un delito de coacciones de género
Audiencia Provincial de Lugo. AEP
photo_camera Audiencia Provincial de Lugo. AEP

"No es discutible que el objetivo del acusado con sus reiteradísimas llamadas y mensajes era perturbar el ánimo de la denunciante, quizá en la creencia de que de este modo conseguiría retomar la relación. Conducta esta que, aunque no suponga una violencia física, sí que es constitutiva de intimidación o violencia psíquica". Con este argumento, la Audiencia Provincial de Lugo condenó a un joven por llamar 400 veces en tres meses a su exnovia y le impuso a una pena de seis meses de prisión, así como año y medio de alejamiento.

La sentencia consideró probado que la pareja mantuvo una relación sentimental durante más de cuatro años, que comenzó cuando la chica todavía era menor de edad y finalizó en octubre de 2016. El acusado "no aceptó la ruptura" y comenzó a "importunar" a su expareja, llegando a llamarla 400 veces entre los meses de octubre y diciembre, tanto de día como de madrugada. Además, le envió "infinidad de mensajes" por correo electrónico y a través de las redes sociales, en los que le efectuaba "multitud de reproches". En una ocasión, el joven le dijo a su ex que si la tenía delante "le metía una hostia por mala persona", por lo que la chica acabó por bloquearlo en su teléfono y en las redes.

El acusado reconoció en el juicio que llamó varias veces a su exnovia y en un primer momento dijo que era "para ver lo que pasaba con su relación de pareja" aunque posteriormente explicó que solo quería "reclamarle unos apuntes". Según dijo, la llamaba como mucho cinco veces al día y afirmó que el exceso de llamadas que figuraba en el listado aportado por la compañía telefónica podrían haber sido realizadas "de forma accidental".

En la vista oral, que se celebró en el Penal número 2 de Lugo, también declararon varias amigas de la víctima, quienes confirmaron que la chica tenía que apagar el móvil o silenciarlo porque su ex la llamaba constantemente, hasta que tuvo que bloquearlo.

CONDENA. El juez impuso al acusado una condena de diez meses de cárcel y dos años de alejamiento como autor de un delito de coacciones de género. Sin embargo, el joven presentó un recurso ante la Audiencia insistiendo en que realizó las llamadas "accidentalmente". El tribunal analizó el fallo y llegó a la conclusión de que la versión del acusado era "escasamente creíble". Además, apuntó que el joven propuso su propia interpretación de los hechos "minimizando su trascendencia".

La sala confirmó la condena pero entendió que debía aplicarse la pena mínima y le impuso seis meses de cárcel y año y medio de alejamiento de la chica. Eso sí, el juez acordó la suspensión de la condena si el joven se sometía a un programa de reeducación de género. Si no realiza el curso, el acusado tendrá que ingrear en un centro penitenciario. 

El Penal 2 fijó además la indemnización para la chica en 600 euros, pero la Audiencia la rebajó a 300 "por las circunstancias del caso y la juventud de los implicados".