La Audiencia da carpetazo al fraude de la 'leche negra' que tocó a Galicia

Sentencia que la trama creada para evitar el pago de la supertasa por exceder la cuota con sociedades tapadera no incurre en delito fiscal

Ordeño en una explotación láctea. AEP
photo_camera Ordeño en una explotación láctea. AEP

El bautizado como fraude de la 'leche negra', aquel caso que puso en el foco de la Justicia a más de una treintena de industrias lácteas y cooperativas por crear una trama para eludir el pago de la supertasa por poner en el mercado más leche de la asignada por la Comisión Europea a través del sistema de cuotas, se cierra sin condenas por delito fiscal. Una reciente sentencia de la Audiencia Nacional da carpetazo definitivo a esta causa, que salpicó a varias firmas y cooperativas gallegas, algunas en la provincia de Lugo.

La investigación tiene su origen hace casi dos décadas y en ella se denunciada que un nutrido grupo de empresas se valieron de cuatro sociedades instrumentales para vender de forma clandestina el excedente y sortear así una multa de Bruselas por sobreproducción entre 1997 y 2005. Esas empresas tapadera eran El Churtal, Lácteos de Lemos —con licencia para operar en Lugo pero sede social en Madrid—, Sumlac y Trans-Dernández Gas Arenteiro, con domicilio social en O Carballiño, Ourense.

Operaban como primeros compradores de una materia prima que después vendían a las empresas a cambio de una comisión de entre 3,25 y 5 pesetas el kilo, y emitían facturas falsas a las industrias para camuflar la venta de esa leche, que los productores cobraban en mano y en efectivo. Esta práctica llevó al juzgado central de lo Penal a condenar, en verano de 2018, por su papel de administradores o partícipes en esas sociedades fantasma a Jorge Merediz, principal encausado e hijo del señalado como cerebro de la trama, Pedro José Merediz —fallecido en 2006—, por 93 delitos contra la Hacienda comunitaria con tres meses de prisión por cada uno de ellos, y a Gonzalo Orozco, por 20 delitos fiscales.

En aquel fallo al que hace referencia la sentencia de la Audiencia se apuntaba que esas sociedades instrumentales "simularon la venta de leche" a firmas gallegas como Codeira, Cooperativa Agraria Comarcal de Ordes, Trébol lácteos de Galicia, Lácteos Fiestras, Lasurgal o Lácteos Galaico Astur para "ocultar que la misma procedía de ganaderos-productores, y eludir la repercusión y pago de la tasa láctea". Realmente iba para firmas como Puleva o Danone.

Ahora, en respuesta a los recursos presentados, la Sala de lo Penal rechaza que se hubiesen cometido delitos fiscales. Argumenta que la tasa láctea es un mecanismo para regular los mercados agrícolas destinado a financiar gastos del sector, y no una vía de ingresos para reforzar el presupuesto comunitario en el momento en que se sucedieron los hechos, por lo que no ve lugar a hablar de fraude a las arcas de la UE. "Ni es una tasa, ni es un tributo, ni es una sanción, ni tampoco un ingreso presupuestario de la CE hasta el 1 de enero de 2007", recoge el dictamen al que AGN ha tenido acceso.

Con esa base, absuelve a los acusados de los delitos de fraude, si bien mantiene los de falsedad documental por la emisión de facturas a la carta para ocultar las irregularidades cometidas.

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