Así son las nuevas restricciones en Galicia: lo que puedes y no puedes hacer

Las nuevas medidas están vigentes desde este miércoles y, como mínimo, hasta el próximo 17 de febrero
Un hostelero de Lugo baja la verja para cumplir con las restricciones que obligan al sector a cerrar. SEBAS SENANDE
photo_camera Un hostelero de Lugo baja la verja para cumplir con las restricciones que obligan al sector a cerrar. SEBAS SENANDE

Galicia endurece las restricciones contra la covid-19 desde este miércoles y, como mínimo, hasta el próximo 17 de febrero, limitaciones ya publicadas en el diario oficial de la comunidad y que contemplan el uso de la mascarilla en todo momento, con la única excepción del consumo de tabaco en la vía pública aunque con carácter momentáneo y si la persona está fuera de lugares habituales de circulación de viandantes. 

Durante las próximas tres semanas únicamente estarán autorizadas las reuniones de convivientes, limitada la movilidad al propio municipio, cerrada la hostelería completamente (interior y terrazas), los centros comerciales el fin de semana y el comercio no esencial podrá trabajar únicamente hasta las seis de la tarde. 

Estos son los apartados más destacables: 

POBLACIÓN VULNERABLE 
-Mayores de 75 y personas con problemas demostrados para usar la mascarilla. No deben salir en horas de previsible afluencia. 

FIESTAS 
-No se podrán celebrar verbenas ni eventos populares. 

PRESTACIÓN DE ASISTENCIA Y AYUDA EN EL HOGAR 
-Cuidadores y personas cuidadas deben ir siempre provistos de mascarilla, salvo dificultad respiratoria, los casos en los que no hay autonomía o alteraciones de conducta diagnosticadas. 

VELATORIOS Y ENTIERROS 
- Podrá haber cinco personas por túmulo, excepto convivientes, y un máximo de 15 en el exterior. 
- La participación en la comitiva para el entierro o despedida para la cremación del fallecido se restringe a un máximo de 15 personas no convivientes. 
- Las zonas comunes de paso han de usarse únicamente para el tránsito de entrada y salida sin que puedan formarse grupos. El tiempo de estancia en las instalaciones se reducirá al estrictamente necesario para expresar las debidas condolencias, evitando permanecer en las zonas de paso. 
- Los servicios de hostelería existentes en los establecimientos funerarios permanecerán cerrados al público. 

LUGARES DE CULTO 
-El aforo máximo tendrá que ser publicado en un lugar visible. No se podrá utilizar el exterior de los edificios o de la vía pública para la celebración de actos de culto con acompañamiento de público. Tampoco podrán realizarse actuaciones de coros o agrupaciones vocales de canto. 
-No se permitirá el uso de agua bendita y no se pueden besar ni tocar los objetos de devoción. 

BODAS 
-A las celebraciones tras las ceremonias nupciales solamente podrán acudir las personas convivientes. 

VER MÁS Las nuevas restricciones contemplan excepciones para las personas que viven solas o determinados supuestos, como ver a los hijos o a la pareja ►Consúltalas aquí 

ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIALES RETALLISTAS 
-No podrán superar el cincuenta por ciento de su capacidad total. Cerrarán a las seis, en caso de que funcionen con un horario inferior. A las nueve y media podrán bajar la reja el comercio al por menor especializado en productos alimenticios, bebidas y tabaco; las fruterías; las carnicerías; las pescaderías; las panaderías y pastelerías; las tiendas de bebidas; las de productos alimenticios; las de automoción; las ortopedias; las de activos farmacéuticos y las de alimentos de animales de compañía. 

MERCADOS EN LA VÍA PÚBLICA 
-No podrán superar el 50% de los puestos habituales. Los ayuntamientos podrán aumentar la superficie o habilitar nuevos días para el ejercicio de esta actividad, debiendo prestar especial atención a la vigilancia del cumplimiento de las medidas sanitarias y protocolos. 

ACADEMIAS, AUTOESCUELAS, CENTROS DE FORMACIÓN Y ENSEÑANZA NO REGLADA 
-Se priorizará el modo telemático siempre que sea posible. 

HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS 
-Podrán mantener su actividad para clientes que se desplacen por motivos justificados (trabajo, cuestiones médicas¿). -La ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 50% de su capacidad. Podrán facilitar únicamente servicios de hostelería y restauración para los alojados. Las piscinas y gimnasios, de existir, estarán vetados al uso. 

ACTIVIDAD CINEGÉTICA 
-Está permitida la actividad cinegética en todas sus modalidades siempre que se realice con carácter individual o con convivientes. En todo caso, estará sometida a las restricciones perimetrales actualmente vigentes. 

PESCA FLUVIAL Y MARÍTIMA, DEPORTIVA Y RECREATIVA 
-Permitida en todas estas modalidades siempre que se realice con carácter individual o con convivientes. Además, está sometida a las restricciones perimetrales actualmente vigentes. 

PARQUES Y ZONAS DEPORTIVAS DE USO PÚBLICO 
-Podrán estar abiertos siempre que se respete un aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados. 

REUNIONES LABORALES, INSTITUCIONALES, ACADÉMICAS Y PROFESIONALES 
-Se recomienda que sean telemáticas. En caso contrario, no se podrá superar el treinta por ciento de la capacidad autorizada del local. Los máximos son 30 personas para lugares cerrados y 75 al aire libre. Excepcionalmente podrían elevarse esos límites, aunque no sin la preceptiva autorización de la Dirección General de Salud Pública. 

ACTIVIDADES DEPORTIVAS, COMPETICIONES FEDERADAS Y ENTRENAMIENTOS 
-La práctica de la actividad física y deportiva no federada solamente podrá realizarse al aire libre de forma individual o con convivientes y con el uso de la mascarilla. 
-Quedan suspendidas las competiciones deportivas de nivel autonómico. 
-Las competiciones deportivas federadas de nivel nacional y sus entrenamientos se desarrollarán de acuerdo a lo establecido por la administración competente y de conformidad con las limitaciones estipuladas en los protocolos federativos correspondientes. 
-Las competiciones deportivas federadas de nivel nacional y sus entrenamientos se desarrollarán sin público. 
-En el ámbito de las competiciones deportivas oficiales no profesionales de ámbito estatal de modalidades deportivas que puedan implicar contacto y que se celebren en Galicia, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: 

  •  Los equipos y deportistas gallegos que participen en esas competiciones deberán realizar los entrenamientos y la competición en grupos de composición estable y en todo caso habrán de tener test serológicos o pruebas similares cada 14 días naturales. 
  •  La totalidad de los miembros de expedición de los equipos y deportistas procedentes de otras autonomías que se desplacen a Galicia para participar en esas competiciones deberán realizar test serológicos o pruebas similares en origen al menos entre 72 y 24 horas previas a la celebración de la prueba, partido o competición. 
  •  También deberán comunicar con idéntica antelación a las autoridades sanitarias autonómicas la relación de personas integrantes de la expedición trasladada a Galicia, la fecha y hora de llegada, el lugar de alojamiento y el tipo de prueba de detección de la covid-19 a la que se sometieron. 

CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS 
-Solamente se permitirá la presencia de un acompañante por usuario en el caso de menores, mayores dependientes o mujeres gestantes. 

TRANSPORTES 
-Está permitido el desplazamiento en un vehículo de personas no convivientes que trabajen juntas y solo para el trayecto de ida y vuelta al centro de trabajo, así como para que los menores puedan acudir a sus centros de enseñanza. 
-En estos casos, solamente se permitirán dos personas por fila de asientos, que deberán ir con mascarilla. 
-En el caso de los taxis, no podrá usarse el asiento delantero y no podrán ir en un mismo vehículo no convivientes. 

ÁREAS DE SERVICIO PARA PROFESIONALES DEL TRANSPORTE 
-Los establecimientos podrán permanecer abiertos en horario nocturno para los únicos efectos de facilitar a estos operarios la alimentación necesaria y el descanso imprescindible. No podrán dispensarse bebidas alcohólicas. 

CIERRES TEMPORALES 
-Espectáculos cinematográficos, teatrales, taurinos, circenses, deportivos, feriales y de exhibición, pirotecnia, actividades recreativas, culturales y sociales, deportivas, de ocio y entretenimiento, atracciones, restauración, zoológicas, botánicas y geológicas; casinos, salas de bingo, salones de juego, tiendas de apuestas, pistas de patinaje, gimnasios, piscinas, museos, salas de conferencias... 

-Podrán permanecer abiertas las instalaciones deportivas en las que se celebren entrenamientos o competiciones de ámbito estatal, profesional o no profesional, cuyos vestuarios y zonas de ducha podrán ser usados con una ocupación de hasta el 30 por ciento de capacidad máxima permitida. 

HOSTELERÍA 
-Bares, cafeterías y restaurantes permanecerán cerrados al público y podrán prestar exclusivamente servicios de entrega a domicilio o de recogida en el local. El servicio de entrega podrá ejecutarse hasta la medianoche. Se evitarán aglomeraciones. 
-Los establecimientos de restauración de centros sanitarios o de trabajo que limiten su actividad a estos colectivos podrán mantener el servicio pero no superar el cincuenta por ciento de su capacidad. 
-El consumo dentro podrá realizarse sentado en la mesa, con un máximo de cuatro personas por cada una, convivientes o que conformen un grupo de trabajo estable. 
-En los centros educativos, el alumnado solo podrá hacer recogida de alimentos o bebidas. 
-Los comedores escolares se regirán por su normativa específica. 

ACTIVIDAD LECTIVA 
-Se suspende la actividad lectiva presencial en escuelas oficiales de idiomas, escuelas de arte y superior de diseño, escuela superior de conservación y restauración de bienes culturales, escuela superior de arte dramática, y conservatorios y escuelas de música y danza. 

ACTIVIDAD UNIVERSITARIA 
-Comenzará el lunes 8 de febrero en la modalidad no presencial. Las fechas de evaluaciones se mantienen. 

ALBERGUES TURÍSTICOS 
-Cierran. 

CLUBES DE JUBILADOS 
-Se suspende su actividad. 

CENTROS DE DÍA 
-Permanecerán abiertos los centros de día de mayores y personas con discapacidad y los ocupacionales, así como las Casas do Maior. 

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