La joven presuntamente violada en Fene no presentaba signos de violencia

La joven presuntamente violada por su pareja en Fene (A Coruña) cuando tenía catorce años no presentaba signos de violencia en su exploración médica, según los peritos, que no obstante consideran que su relato de los hechos denunciados es "altamente creíble".

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña acogió ayer y hoy un proceso contra un varón de veintiún años de procedencia subsahariana que está acusado de haber violado a la que era su pareja, una menor que entonces tenía catorce años, el 12 de febrero de 2011 en la localidad coruñesa de Fene.

Estos hechos habrían ocurrido entre las 2:00 y las 5:00 horas de aquella jornada en la que, según la fiscalía, el procesado, bajo los efectos del alcohol, habría entrado en la habitación donde estaba su pareja, que tenía catorce años, y la habría agarrado de los brazos para posteriormente bajarle los pantalones y forzarla a mantener relaciones sexuales con penetración.

Los peritos que exploraron a la menor tras los supuestos hechos han explicado que no encontraron signos de violencia y constataron una penetración con preservativo a través de la vagina y otra anal sin utilizarlo, aunque sí vieron un desgarro vaginal compatible con agresión sexual violenta, pero frecuente en jóvenes que mantienen una vida sexual activa o que utilizan tampones.

Las psicólogas que entrevistaron a la denunciante han calificado su testimonio de "altamente creíble" tras relatar que "no hay método científico capaz de establecer la verdad o la mentira" en menores y lo que se hace es analizar el relato, y luego se establece su credibilidad, en este caso de grado máximo.

Otras tres personas que trataban habitualmente con el acusado han comentado que era una "persona ordenada, con una vida normal para su edad y que practica deporte, que tiene una casa en alquiler en la que vive solo y que cobra un prestación de la Xunta, la Risga, con la que cumple con sus actividades de formación y voluntariado".

Reconoce que "tiene una serie de dificultades cognitivas" y han evaluado su nivel curricular entre segundo y cuarto de primaria, según las diferentes pedagogas, que lo sitúan "socialmente integrado" aunque con actuaciones propias de un "adolescente de doce años" y con un nivel escolar de entre siete y nueve años.

En su momento se dieron cuenta de que a nivel laboral "no podía hacer ningún tipo de trabajo", pues tiene dificultades para la expresión y para hacer cálculos, incluso intentaron que fuese acompañante en un autobús escolar y no era capaz de determinar los horarios y las paradas, si bien todo ello no le impide distinguir el bien del mal.

En sus conclusiones, el fiscal ha añadido a la atenuante de dilaciones indebidas en la instrucción, que ha considerado "fácil", la embriaguez no reconocida por el procesado pero sí por la presunta víctima, por lo que solicita cinco años de prisión por una agresión sexual, que no abuso, al considerar probada una violencia que aunque no es apreciable, es suficiente para vencer la resistencia.

Las dos acusaciones particulares solicitan diez años de cárcel por violación al considerar que hacer el recorrido y abrir la ventana bajo los efectos del alcohol no es posible por parte de un acusado con "conflictividad" que había sido rechazado por una familia y por eso residía en un centro de menores.

La primera acusación, que ha reprochado las preguntas sobre si la denunciante era conflictiva, cómo eran sus notas o con quién había mantenido relaciones sexuales, añade dos años en su petición por allanamiento de morada, mientras que la segunda pide 30.000 euros de indemnización.

La defensa opina que "no existe delito", que fue la denunciante la que abrió la ventana a un chico con el que llevaba meses en una relación y que él tenía "alteradas sus facultades cognitivas y volitivas" cuando mantuvo esa relación "consentida" de la que luego ha habido "numerosas contradicciones".

Pide para el acusado, que al final ha afirmado que no hizo nada, la libre absolución o, en caso de ser condenado, la pena mínima al existir dos posibles circunstancias atenuantes -embriaguez y dilaciones-, ninguna agravante y no tener antecedentes.

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