Competencia multa a Mediaset y RTVE por exceder el tiempo de autopromociones

Estos programas y anuncios no podrán superar los cinco minutos por hora

Interior de Torrespaña. EP
photo_camera Interior de Torrespaña. EP

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador contra Mediaset y RTVE por temas relaciones con la publicidad. En el caso de Mediaset, aseguran que ha superado el tiempo de emisión dedicado a autopromociones y a mensajes publicitarios y de televenta en sus canales de Cuatro, Energy, Divinity y Telecinco. En la televisión pública, Competencia ha abierto un expediente sancionador a RTVE por superar el tiempo de emisión dedicado a autopromociones en La 1, La 2, Teledeporte, 24 Horas y Clan TV.

En concreto, según informa Competencia, las infracciones detectadas en los canales de Mediaset tuvieron lugar en los meses de diciembre de 2018 y enero y febrero de 2019. Ahora se abre un periodo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y su resolución por parte dela CNMC, y el grupo privado tendrá diez días para presentar alegaciones.

Competencia recuerda que el artículo 13.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) que regula el tiempo de emisión dedicado a anuncios de autopromoción establece que "los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen el derecho a emitir programas que informen sobre su programación o anuncios de sus propios programas y los productos accesorios derivados directamente de dichos programas.

Estos programas y anuncios no se considerarán comunicación comercial a los efectos de esta ley, según Competencia que advierte de que, no obstante, para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los cinco minutos por hora.

La normativa también establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en doce minutos por hora natural.

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