El TSXG ratifica que es nula la orden de alcaldía de clausurar una fábrica en Sarria

El tribunal desestima el recurso del Concello y le recrimina que "no actuó correctamente" al no realizar ninguna comprobación antes de cerrar este negocio del barrio de As Insuas
La fábrica de puertas del barrio de As Insuas que fue cerrada ne 2015. PORTO
photo_camera La fábrica de puertas del barrio de As Insuas que fue cerrada ne 2015. PORTO

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmó la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo por la que se anula una resolución del 28 de diciembre de 2015 de la anterior alcaldesa, Pilar López Yáñez, por la que clausuró la actividad de una fábrica de puertas del barrio de As Insuas.

El Ayuntamiento presentó un recurso contra dicho fallo judicial, que acaba de ser desestimado por el TSXG. Este también impuso al Concello las costas hasta un máximo de 1.000 euros. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La fábrica clausurada dispone de licencia de actividad para taller de ebanistería de 1975, un permiso de obra para ampliación de almacén de 1976 y otra licencia provisional de 1982 para ampliación del taller. El Ayuntamiento se basó en su recurso en este último expediente para sostener que la actividad cuya suspensión ordenó carecía de título habilitante. Ante ello, el propietario, defendido por el abogado sarriano Jesús García Bernardo, aportó una prueba pericial acreditando que en este espacio no se desarrollaba ninguna actividad y que simplemente se empleaba como "zona de paso" entre el taller y el almacén.

El TSXG es muy duro con la actuación del Concello y le reprocha que antes de clausurar la fábrica no llevara a cabo "ninguna inspección" para comprobar si había actividad. Por ello "no es dable adoptar una decisión administrativa de tal calibre basándose única y exclusivamente en las denuncias formuladas por un vecino, carente de toda comprobación municipal", señala el fallo.

La sentencia, contra la que cabe recurso en el Supremo, impone las costas al Concello hasta un máximo de 1.000 euros

La arquitecta municipal reconoció que "no había entrado en las instalaciones y que sería necesario comprobar las condiciones del local, así como hacer una medición de ruido y particulas, mediciones que no se han hecho".

Haciendo suyas las palabras de la anterior sentencia, el tribunal argumenta que "no puede el Concello acordar, sin más, de una forma tan genérica como irrespestuosa con el ordenamiento jurídico el cese de una actividad que cuenta con licencia por el mero hecho de la presentación de unas denuncias de un vecino aquejado por ruidos y emisiones de partículas sin hacer un mínimo esfuerzo probatorio, a fin de conocer las circunstancias concretas y exactas de la referida actividad".

El TSXG censura, como ya había hecho el juzgado de lo Contencioso-Administrativo, que ni tan siquiera en el recurso de reposición el Ayuntamiento explicara al recurrente las razones de la clausura, "decisiones administrativas que ciertamente no se pueden tolerar, pues dejan al ciudadano en una total indefensión".

El tribunal insiste en que el Concello "no actuó correctamente, pues, una vez que tuvo noticia a medio de las denuncias presentadas de que se estaba desarrollando una actividad en un local, y constándole que el titular sí contaba con una licencia de actividad y otra de taller, tendría que haber realizado una serie de actuaciones administrativas antes de dictar la medida cautelar de cese".

Los propietarios de la fábrica podrían presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Concello por el cierre

El Ayuntamiento se remitió "a unos hechos descritos por un ciudadano en unos escritos carentes de comprobación municipal alguna, pues no existió ni tan siquiera una sola actuación administrativa en donde se identificara a persona alguna trabajando en esa zona del local", recoge la sentencia.

Tras este fallo judicial, los propietarios de la fábrica podrían presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Concello por el cierre. La empresa tuvo que estar parada un tiempo hasta que encontraron una nave en alquiler a la que trasladarse.

En todo este proceso judicial el Ayuntamiento no empleó los servicios jurídicos de la Diputación Provincial de Lugo, que son gratuitos, sino que contrató los servicios de un abogado particular.

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