La sentencia sobre el parque eólico de O Oribio genera división

Salvemos O Iribio considera "demoledor" el fallo mientras que el alcalde de Samos espera que sea recurrido
La construcción de los aerogeneradores está paralizada en la Serra do Oribio. H.C
photo_camera La construcción de los aerogeneradores está paralizada en la Serra do Oribio. H.C

La sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que anuló el acuerdo para modificar el parque eólico de O Oribio ha generado ya diversas reacciones. Por un lado, la plataforma Salvemos O Iribio, integrada por las organizaciones ecologistas que se oponen a la instalación de los aerogeneradores, ha calificado como “demoledor” el fallo porque, a su juicio, “confirma y hace suyos la mayor parte de los argumentos de las entidades” que recurrieron. Mientras, el alcalde de Samos, uno de los dos municipios en los que se instala el parque junto a Triacastela, mostró su confianza en que la sentencia sea recurrida y el proyecto pueda salir adelante. Hay que recordar que la empresa ya comenzó hace tiempo las obras, que están paralizadas desde hace meses, con instalaciones a medio terminar en lo alto de la montaña.

Mediante un comunicado, Salvemos O Iribio asegura que esa sentencia recoge los "argumentos" con los que las entidades que presentaron recurso “fundamentaron jurídicamente la ilegalidad del proyecto eólico aprobado en junio de 2019 por acuerdo del Consello da Xunta, presentado como modificación de un proyecto anterior aprobado en 2007 por el gobierno de Manuel Fraga, que nunca se llegó a ejecutar”.

Por ello, la plataforma sostiene que "durante los últimos 15 años, la Xunta ha permitido la amenaza de este proyecto eólico" sobre la sierra de O Oribio, situada en un espacio natural protegido.

Desde su punto de vista, el reciente fallo del TSXG es “un paso definitivo de cara a la liberación de este espacio natural protegido del proyecto eólico y de las infraestructuras asociadas” en los municipios de Samos y Triacastela.

Asimismo, ve en la sentencia "un precedente para la defensa de los espacios naturales que forman parte de la Red Natura 2000 que podrían verse afectados directa o indirectamente por proyectos eólicos”.

JULIO GALLEGO. El alcalde de Samos, Julio Gallego (PSOE), ha expresado su confianza en que sea recurrida la sentencia. Este miércoles, un día después de conocerse el fallo sobre este parque que se asienta sobre los concellos de Samos y Triacastela y se encuentra en la zona especial de conservación Os Ancares-O Courel, Gallego ha mostrado su respeto a la decisión judicial, aunque confía en que se presente un recurso para que pueda salir adelante, ya que considera que el proyecto supone "un beneficio para todos los vecinos de la zona de Lóuzara, Samos y Triacastela". 

"Ante esta sentencia nosotros esperaremos si hay recurso de casación. En el fallo por lo que veo en la prensa hay discrepancias (entre los ponentes)", ha apuntado el regidor, que ha advertido de la posible "pérdida" de puestos de trabajo sobre un parque que, dice, apuesta por "energías limpias, que no contaminan, no causan ningún tipo de daño ambiental". 

"Pasados unos años los molinos se quitan y queda igual. (El parque) No le hace ningún tipo de daño. Hay fábricas que contaminan más y esto no emite ni humos simplemente ruido que es de baja intensidad. La mayoría de los vecinos de la zona están a favor y de hecho hicieron una protesta delante del concello de Samos a favor del parque eólico", ha concluido Julio Gallego. 

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló y dejó sin efecto, por no ser conforme a derecho, el acuerdo aprobado por el Consello de la Xunta el 27 de junio de 2019 para la modificación del proyecto del parque eólico Serra do Oribio, situado en la Zona Especial de Conservación (ZEC) Os Ancares-O Courel.

De ese modo, el alto tribunal estimó en tres sentencias los recursos interpuestos por la Asociación Ecoloxista Verdegaia; la Asociación Ambiental e Cultural Petón do Lobo; y la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega), Fundación Oso Pardo (FOP) e Sociedade Galega de Ornitoloxia (Seo). 

Los magistrados argumentan en sus resoluciones que el plan 2007-2009 del parque estaba caducado. "El proyecto autorizado por la resolución de 31 de mayo de 2007, con la Declaración de Impacto ambiental (Dia) aprobada el 12 de agosto de 2005, no fue construido, ni instalado.

La resolución que lo autorizaba indicaba que el promotor tendría un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha de ocupación de los terrenos para la puesta en marcha de la instalación”, indican los jueces.

De hecho, sostienen que esa Declaración de Impacto Ambiental de 2005 resulta “obsoleta para amparar la evaluación ambiental del proyecto modificado de 2018, por los múltiples y variados cambios legislativos y de catalogaciones de especial protección del terreno, no pudiendo entenderse validada por una prospección vía informes gubernativos”.

El terreno, según consta en las resoluciones, tiene la calificación de espacio natural protegido como zona de conservación de la ZEC Os Ancares-O Courel, Zona de Especial Protección de Valores Naturales y zona de Rede Natura 2000. 

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