El juez prohibió en su día al supuesto acosador comunicarse con la menor sarriana

La medida fue acordada en junio tras la denuncia de la madre y se interpreta que sigue en vigor mientras el archivo no sea firme
Juzgados de Sarria, en la Rúa Maior. PORTO
photo_camera Juzgados de Sarria, en la Rúa Maior. PORTO

El presunto acosador de una menor de edad destapado por la madre de la niña al hacerse cargo de su teléfono móvil tuvo en su día una orden de no comunicación con la adolescente acordada por el juzgado de Sarria. Este órgano ha decretado ahora el archivo provisional de la causa, recurrido por los denunciantes, quienes interpretan que la medida de protección sigue en vigor en tanto el sobreseimiento no sea firme.

La madre de la menor, de 13 años de edad, denunció los hechos ante la Guardia Civil en el mes de junio, después de hacerse pasar por su hija para responder a los mensajes sospechosos que el presunto acosador le enviaba a través de su teléfono móvil.

De este modo, vio cómo intentaba supuestamente ganarse la confianza de la adolescente hasta llegar a enviar imágenes suyas de tipo sexual y pedirle reiteradamente otras a cambio.

En el momento de denunciar los hechos, la progenitora solicitó también una orden de alejamiento de esta persona con respecto a su hija. La fiscalía apoyó la adopción de una medida de protección consistente en una orden de no comunicación con la menor al apreciar indicios de la comisión de un delito contra la indemnidad sexual y un riesgo para la tranquilidad de la niña y la familia.

Extractos de conversaciones que figuran en el expediente judicial

El juzgado también vio motivos suficientes para tomar en consideración esta medida y, de forma inmediata, prohibió al entonces investigado comunicarse con la menor por cualquier medio, bien sea informático, telefónico, telegráfico, por carta o cualquier otra vía posible durante el tiempo de duración de estas actuaciones.

Entendió que la imposición de una orden de alejamiento no resultaba necesaria al no haber indicios de que haya existido o pudiera intentarse un contacto físico con la adolescente, y consideró más proporcionada, necesaria y útil la prohibición de comunicación.

En el transcurso de este procedimiento, el investigado llegó a ser detenido por un presunto delito de abuso sexual a una menor de 16 años e incluso se llevó a cabo un registro policial en su domicilio y en un negocio en el cual los agentes se incautaron de diversos dispositivos informáticos. En su declaración aseguró desconocer que se trataba de una menor.

El juzgado acaba de decretar el sobreseimiento provisional de esta causa porque, según argumenta, la menor no llegó a ver ninguna de las imágenes remitidas por el hombre ya que, al detectar que le formulaba preguntas extrañas, le pasó el teléfono a su madre, que mantuvo las conversaciones a partir de ese momento actuando como si fuera su hija.

Según el juez, no se pudo haber cometido el delito de envío de mensajes de contenido sexual a una menor de edad aunque el investigado creyese que hablase con una niña porque en realidad era la madre quien usaba el móvil.

EL RECURSO. Los denunciantes han presentado un recurso contra esta decisión y no descartan acudir a la Audiencia Provincial en caso de que no sea atendida su petición. En él, solicitan que se continúe con el procedimiento por supuesto abuso sexual a una menor de 16 años. Argumentan que fue el hombre quien contactó con la niña por Instagram para solicitarle amistad y que era «pleno conocedor» de su edad porque así se desprende de uno de los mensajes que intercambiaron.

"El denunciado inició la conversacion con la menor y la mantuvo enviando fotografías de su miembro, hasta en dos ocasiones, y le pidió reiteradamente que le enviase fotografías suyas, incluso de sus pechos", señala el recurso. Dice también que "en todo momento" mantenía la conversación dirigiéndose a la menor, primero en Instagram y luego en Telegram, con independencia de que en ese momento la niña ya le hubiese pasado el móvil a la madre.

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