Un juez obliga al Concello de Sarria a dar licencia para legalizar el edificio de Calvo Sotelo

Anula el acuerdo de la junta de gobierno de julio de 2017 por el que se denegaba el permiso solicitado por la comunidad de propietarios
El edificio afectado en la calle Calvo Sotelo de Sarria. ARCHIVO
photo_camera El edificio afectado en la calle Calvo Sotelo de Sarria. ARCHIVO

Una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo obliga al Concello de Sarria a conceder licencia para la legalización del edificio sito en el número 70 de la calle Calvo Sotelo (con frente también a Matías López), tal y como había solicitado la comunidad de propietarios del inmueble, formado por 24 viviendas y negocios.

Los inquilinos de este edificio, sobre el cual pesa una orden de demolición parcial, acudieron al juzgado después de que la junta de gobierno local les denegase el 19 de julio de 2017 la licencia de obra para el proyecto de legalización.

El Concello argumentó que no procedía conceder este permiso al existir una sentencia firme de derribo parcial y un auto que ordena su ejecución. No obstante, el juzgado señala que esa actuación administrativa "no es correcta". Según dice, existen informes técnicos favorables a la solicitud de la comunidad de vecinos, la cual debe ser atendida "por ajustarse al ordenamiento jurídico urbanístico vigente en la actualidad".

La sentencia incluso indica cuál debería haber sido la actuación del Ayuntamiento. "Lo que tenía que haber hecho era conceder la licencia y plantear el incidente de imposibilidad legal de ejecución de sentencia en sus propios términos porque procedería la legalización de lo construido", explica.

Por ello, deja sin efecto el acuerdo de la junta de gobierno al considerar contrario al ordenamiento jurídico el motivo de denegación del permiso y condena al Concello a "dictar otro acuerdo concediendo la licencia urbanística".

Otro juzgado tendrá que dilucidar ahora si la concesión de esta licencia puede suponer que no se ejecute el derribo parcial

La comunidad de propietarios del edificio había pedido permiso para legalizar el inmueble en base a una modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Urbanístico de Sarria aprobada de forma definitiva en el año 2013, por la cual aumenta la altura de las entreplantas. Su solicitud incluía también unas obras en la cubierta por importe de 24.820 euros para adaptarla a la normativa.

El caso de este edificio se arrastra desde hace más de dos décadas, cuando un vecino denunció que no se ajustaba a la licencia concedida en 1995 en cuanto a la pendiente del tejado y la altura de la entreplanta. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordenó realizar las demoliciones necesarias en el inmueble y el Concello encargó un proyecto de derribo y otro de reconstrucción, con un coste de un millón de euros.

En la misma sesión de la junta de gobierno del 19 de julio de 2017, fue aprobado ese proyecto de demolición parcial y se inició el trámite para el de reconstrucción. Los vecinos del edificio impugnaron también estos dos acuerdos, pero en este caso el juzgado entiende que no es competencia suya, sino que debe ser el Contencioso-Administrativo número 2 quien se pronuncie al respecto al ser este el órgano al que corresponde la ejecución de la sentencia.

Así, será este juzgado el encargado de controlar que la modificación de las Normas Subsidiarias no tenga su origen en actos fraudulentos dirigidos a eludir el cumplimiento de la sentencia, además de determinar la relevancia de la concesión de la licencia, esto es, si el permiso de legalización que será ahora otorgado supondrá o no la inejecución del derribo.

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