Condenado el Sergas a abonar 30.000 euros a la hija de un fallecido en Sarria

El TSXG considera que hubo "una pérdida de oportunidad en el tratamiento de la dolencia inicial" 

Centro de salud de Sarria. EP
photo_camera Centro de salud de Sarria. EP

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmó una sentencia que condena al Sergas a indemnizar con 30.000 euros a la hija de un paciente que falleció tras sufrir un infarto de miocardio.

Los hechos se remontan al 16 de abril de 2011, cuando el hombre, de 80 años, fue atendido en el Punto de Atención Continuada (PAC) de Sarria por dolor torácico y en el pecho. Dos días después le diagnosticaron en el hospital de Lugo un infarto agudo de miocardio y tuvo que ser trasladado a un centro sanitario de Santiago. El hombre, como consecuencia de las complicaciones, falleció el 30 de mayo.

La hija del paciente solicitó una indemnización de 191.000 euros por un "deficiente funcionamiento" de los servicios sanitarios, lo que el TSXG no considera acreditado. Por ello, desestimó el recurso de apelación de la demandante y confirmó la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santiago.

El tribunal considera que sí hubo "una pérdida de oportunidad en el tratamiento de la dolencia inicial" al no derivarlo el 16 de abril desde el PAC al hopital de Lugo. "Concluimos que la atención clínica al paciente no hizo uso de todos los medios a su alcance para evitar el desenlace lesivo producido. Nos hallamos ante un supuesto de pérdida de oportunidad, en cuanto a que la actuación médica privó al paciente de determinadas expectativas de curación", señala la sentencia del TSXG.