El TSXG rechaza aplicar el Iva al canon del agua en Bóveda y da la razón al Concello

"No era justo", dice el alcalde que asegura que se trata de un fallo que abre el camino a otros municipios 
José Manuel Arias, alcalde de Bóveda. TOÑO PARGA
photo_camera José Manuel Arias, alcalde de Bóveda. TOÑO PARGA

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dado la razón al Concello de Bóveda en su recurso de casación contra el pago del Iva por el canon del agua, al rechazar que el mismo pueda estar sujeto a este impuesto. 

En concreto, el Supremo concluye que "no puede identificarse uso o consumo con distribución de agua, motivo por el cual el uso o consumo de agua no puede entenderse como una entrega de bien o prestación de servicio sujeto a Iva", señala frente al criterio mantenido por la Administración General del Estado y que llevó al consistorio a promover un recurso de casación.

El origen del pleito está en la la medida aplicada por la Administración Tributaria de practicar liquidaciones por el Iva en cada uno de los trimestres del ejercicio de 2015 como consecuencia de incorporar a la base imponible del impuesto el importe del canon del agua exigido por la Xunta.

Tras desestimarse las reclamaciones administrativas primero y luego jurídicas en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), ahora el Supremo da la razón al ayuntamiento. Y es que en su sentencia concluye que "el Iva y el canon del agua no gravan el mismo hecho imponible".

"Por lo que, en definitiva, no cabe la identificación de consumo o uso por causa de la afección medioambiental, que es la operación gravada por el canon del agua, y la distribución de agua, que es la operación gravada por el Iva".

SATISFACCIÓN EN EL CONCELLO

En declaraciones a Europa Press, y sobre el contenido del fallo, el alcalde de Bóveda, José Manuel Arias, ha mostrado su satisfacción por el hecho de que se les dé la razón. "No era justo pagar el Iva", sentencia al ser preguntado.

Admite que "pelear contra Hacienda daba algo de medio", pero destaca el trabajo legal por parte del abogado y el respaldo de Augas de Galicia en su reclamación por la medida de la Agencia Tributaria. De la sentencia, resalta también que abre el camino "a otros ayuntamientos".

En el caso de Bóveda, precisa que no estaban cobrando el Iva por este concepto, "pero nos exigían el pago", algo que no llegaron a realizar dadas las reclamaciones que promovieron. 

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