Desestimada la reclamación millonaria de Casa Macán contra Capsa

La compañía asturiana sopesa demandar al administrador de la láctea lucense por sus acusaciones "infundadas, falsas y carentes de rigor y de contenido"
Juicio en el que Casa Macán le reclama a la Corporación Alimentaria Peñasanta casi siete millones de euros. VICTORIA RODRÍGUEZ
photo_camera Juicio en el que Casa Macán le reclama a la Corporación Alimentaria Peñasanta casi siete millones de euros. VICTORIA RODRÍGUEZ

El juzgado de lo Mercantil de Lugo ha dictado una sentencia relativa a la reclamación de Lácteos Casa Macán contra Corporación Alimentaria Peñasanta (Capsa) por la que le pedía 6.665.334,47 euros en concepto de daños y perjuicios por la resolución de un contrato. La jueza ha determinado que la pretensión de Casa Macán no puede atenderse ya que el contrato ya estaba resuelto y que lo único que procede es establecer el saldo que resulta de las operaciones llevadas a cabo durante el periodo de vigencia del contrato marco, de unos 27.000 euros.

Lácteos Casa Macán, declarada en concurso voluntario en junio de 2017, acudió a los tribunales ante lo que consideraba un supuesto incumplimiento de acuerdo comercial, ya que habían comenzado a colaborar en 2016. Alegaba que Capsa había roto unilateralmente el contrato. Exigía a la compañía asturiana 3.584.281,47 euros en concepto de daño emergente y otros 3.081.053 euros como lucro cesante, más los intereses legales correspondientes. El juicio se celebró una vista el 13 de marzo de 2019 y la prueba testifical el 27 de marzo. 

La sentencia, a la que ha accedido Europa Press, establece que la relación entre ambas compañías era un contrato marco de colaboración y no un contrato de ejecución. "Estamos, en este caso, ante un contrato marco de colaboración que podía dar lugar o no, en virtud de la superación de las pruebas o periodo de pruebas, a específicos contratos de ejecución", explica. 

La jueza ha analizado correos electrónicos entre ambas compañías y también ha tenido acceso a pruebas periciales. Considera que no procede esa exigencia de una indemnización de daños y perjuicios, dado que la relación contractual ya había sido antes resuelta "tanto por la voluntad manifestada en su día por la actora, como por la aceptación de dicha voluntad por la demandada, dado que no se había superado el período de pruebas que, para el supuesto de que esto hubiese sido satisfecho favorablemente, podría dar lugar a contratos de ejecución". 

"No procede declarar la extinción o resolución del contrato cuando se había interesado en la demanda una resolución por incumplimiento, como tampoco estimarse la reclamación por daños y perjuicios vinculada a esa declaración de resolución", añade. 
De esta forma, la sentencia establece que Capsa solo ha de abonar en concepto de liquidación del contrato marco de 1 de marzo de 2016, ya resuelto extrajudicialmente, la cantidad de 27.204,03 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial , incrementados en dos puntos desde la fecha de la resolución judicial.

CAPSA ESTUDIA ACCIONES 

La sentencia, con fecha 9 de enero de 2020, todavía puede ser objeto de un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Lugo. 

En cualquier caso, una vez conocido su contenido, desde Capsa han dicho que ha quedado acreditado que las manifestaciones de Lácteos Casa Macán eran "completamente infundadas, falsas y carentes de rigor y de contenido". La compañía asturiana estudiará acciones legales contra el administrador de la empresa lucense.

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