Antecedentes: Un error procesal dejó embargar un inmueble

Un juez obliga al Concello a liberar 115.000 euros que embargó por deudas del IGVS

Pretendía cobrar las facturas adeudadas por Ibi y agua del dinero que hay en la cuenta de la Xunta en la que Hacienda le ingresa el Iva

El Concello acaba de recibir un contundente varapalo en su intención de cobrar los impuestos municipales que supuestamente le adeudan la Xunta y sus entidades asociadas. Le ha llegado en forma de sentencia judicial, que anula las dos diligencias de embargo de las cuentas bancarias autonómicas por valor de los 115.073 euros que reclama al Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) por recibos del Ibi y de agua.

El IGVS había recurrido a los tribunales contenciosos después de que el tribunal económico administrativo del Concello de Lugo rechazara sus alegaciones contra dos expedientes de recaudación ejecutiva. En estos se le reclamaban en total 115.073 euros por los recibos del impuesto de bienes inmuebles y del agua de varias propiedades del Igvs, acumulados durante varios años.

El Concello había pedido por este motivo que embargasen cuentas de la Xunta en las que se ingresan, entre otros conceptos, las cantidades que recibe del Ministerio de Hacienda en concepto de devolución del Iva. Contra dicho embargo recurrió el Igvs ante los tribunales, que ahora le dan la razón.

EL TSXG MANDA. El magistrado Marcos Amboage, titular del juzgado Contencioso Administrativo 2 de Lugo, reconoce en su fallo que ni siquiera puede entrar a valorar las diferentes cuestiones que una y otra parte plantean sobre la caducidad de algunas de la facturas pasadas a cobro o sobre la correcta identificación de los inmuebles del Igvs. Y no puede, razona, porque una sentencia de diciembre de 2016 del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que fue aportada por el letrado de la Xunta resuelve de plano y sin posibilidad de dudas el fondo de la cuestión: las cuentas y propiedades de la comunidad autónoma son inembargables, y ante este hecho en su opinión incontestable no caben más discusiones.

El magistrado se apoya en dicha sentencia del TSXG, que resuelve un conflicto similar en el que se analizan pormenorizadamente las diversas normas y resoluciones judiciales al respecto, para recordar que la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia establece: "Los tribunales, jueces y autoridades administrativas no podrán despachar ni dictar mandamiento de ejecución o providencia de embargo contra los derechos, fondos, valores y demás bienes de la Hacienda de la Comunidad".

Sin mayor necesidad de prueba, concluye Marcos Amboage, las cantidades retenidas a la Xunta por el Concello "deben reputarse inembargables", ya que son "devoluciones de la Aeat de Iva" y deben destinarse a "la satisfacción de fines de interés general".

DIFÍCIL RECURSO. El propio razonamiento de esta sentencia hace prever que el Concello de Lugo lo tiene muy difícil para ganar un posible recurso, ya que este debería presentarse ante la sala del TSXG que acaba de dictar el fallo al que se refiere el juez de Lugo. En estas circunstancias, hay muchas posibilidades de que ese recurso fuera rechazado y el Concello, condenado a pagar las costas.

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