Tres años de cárcel por conducir ebrio y causar un choque mortal en Goiriz

Estado en el que quedó el turismo del fallecido (Foto: N.Rodríguez/AEP)
photo_camera Estado en el que quedó el turismo del fallecido (Foto: N.Rodríguez/AEP)

Un vecino de Vilalba de 46 años de edad, con iniciales A.L.F., fue condenado a tres años de cárcel y cuatro años de retirada de carné por causar un accidente de tráfico en el que falleció una persona. El hombre -acusado de un delito de homicidio imprudente- se sometió a la prueba de alcoholemia tras el siniestro y sextuplicó la tasa permitida.

Los hechos -que fueron juzgados el pasado 15 de septiembre en el Penal 1 de Lugo- tuvieron lugar en la N-634, en la parroquia vilalbesa de Goiriz, el 27 de agosto de 2009. Ese día, sobre las 21.50 horas, el vehículo que conducía el acusado, un Ford Mondeo, embistió por detrás al Seat Marbella que le precedía y que había puesto correctamente el intermitente para girar a la izquierda. Su ocupante, el sexaganio Gelasio Alonso Gaute, falleció en el acto.

Durante la vista oral, el testimonio de los testigos y los guardias civiles que acudieron a la zona, así como las declaraciones del propio inculpado, revelaron que el tramo en el que sucedió el accidente estaba en perfecto estado, que era una recta sin ningún problema de visibilidad, y que el conductor fallecido había señalizado correctamente la maniobra.

Sin embargo, ni siquiera se pudo encontrar en el lugar ni el más mínimo rastro de frenada del coche que conducía el acusado. De hecho, justo en el lugar de la colisión, a la altura de donde el vehículo alcanzado se disponía a girar, existe incluso un carril de incorporación de una gasolinera que el conductor acusado podría haber utilizado para esquivar el golpe. «Lo vi de repente. Intenté frenar, pero no me dio tiempo. Le pegué y punto», reconoció A.L.F.

Según dijo, se había tomado cuatro cervezas después de salir de trabajar. No obstante, las pruebas de alcoholemia que se le realizaron arrojaron un resultado contundente: 1,55 y 1,44, seis veces más de lo permitido por ley.

La defensa del acusado alegó que estas tasas tan elevadas no son incompatibles con haber bebido sólo cuatro cervezas. Según el abogado defensor, la condición de bebedor habitual y constante de su defendido «hace que mantenga alcohol en su sangre aunque no haya bebido mucho», dijo.

Un mes después del trágico suceso, el hombre inició un tratamiento de desintoxicación en la unidad de alcoholismo del hospital San José de Lugo, pero la responsable de su control declaró en el juicio que no estaba dando resultados.

Condena

El letrado de la defensa pidió que el acusado fuera condenado a menos de dos años de cárcel para evitar su entrada en un centro penitenciario, al considerar que no se trata de un delincuente, «sino un enfermo que tiene sus capacidades volitivas y cognitivas alteradas».

Finalmente, el Penal 1 de Lugo impuso al acusado una condena de tres años de prisión y cuatro años de retirada del permiso de conducir como responsable de un delito de homicidio imprudente.

La defensa del hombre recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial de Lugo, solicitando que se le aplicara una semieximente o atenuante por ser un alcohólico crónico. Sin embargo, la sala consideró que, a pesar del resultado de la prueba, la sintomatología que presentaba «no era propia de una persona muy afectada por el alcohol», por lo que confirmó la condena.

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