Las dudas del jurado llevan al TSXG a anular la condena por una extorsión en Vilalba

El TSXG anuló la condena de seis meses de prisión impuesta el pasado febrero por la Audiencia Provincial de Lugo a tres hombres acusados de amenazar a un empresario en Vilalba. La Sala los absuelve al considerar que hubo «un vacío probatorio de cargo».

La revisión de la condena se llevó a cabo porque el jurado popular que los declaró culpables reconoció que su veredicto se basó en «deducciones» y no en datos probados. Las frases vertidas en el acta del jurado causaron gran sorpresa y motivaron que los letrados de la defensa, Iván Méndez Marote y Luis Rifón Dorado, presentaran un recurso contra el fallo ante el Tribunal Superior de Xustiza.

Extorsión

Los tres acusados se enfrentaban a penas de dos años de prisión por un supuesto delito de amenazas en la persona de un empresario de Vilalba. Según apuntó entonces el ministerio fiscal, D.A., nacido en Rusia, y V.M., natural de Moldavia, fueron contratados por un español, F.J.O.P., para cobrar una deuda que un vendedor de jamones vilalbés tenía con él.

Los dos hombres se plantaron en la puerta de la casa y le dijeron a él y a su mujer que debían pagar los 160.000 euros que adeudaban si querían «mantener su cabeza así como la de sus hijos». Entonces, cerraron la puerta y telefonearon a su abogado y a la Guardia Civil. El hombre que reclama el dinero al parecer observó la situación desde una carretera cercana y, acto seguido, los tres se fueron en su furgoneta.

Veredicto

Estos hechos fueron vistos por los miembros del jurado, que tras escuchar las versiones de acusados y testigos se retiraron a deliberar y emitieron su veredicto. El jurado declaró culpables a los acusados y explicó que tomó la decisión «en función de los datos facilitados y deducciones en base a ellos obtenidos, pero carecemos de datos probados», señaló el portavoz en el acta. Además, reconocieron que, «tanto denunciantes como acusados, han manifestado información sesgada y contradictoria de lo sucedido».

Tras revisar el caso, el TSXG hace referencia al derecho del acusado a no ser condenado a menos que su culpabilidad haya quedado establecida más allá de toda duda razonable, «lo que no habría sucedido en el caso que nos ocupa desde el momento en que, como sabemos, los jurados subrayan que carecen de datos probados».

El Tribunal expone que la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo vulnera la presunción de inocencia y «carece de toda base razonable», por lo que anula el fallo y acuerda la libre absolución de los tres acusados.

POLÉMICA
Segundo veredicto que se anula tras el caso de O Chucán

La anulación de la condena en el caso de extorsión de Vilalba reabre la polémica sobre el papel de los tribunales formados por ciudadanos, abierta tras la absolución y posterior autoinculpación de José Carnero, O Chucán, por el asesinato de una mujer en Sober.

Devolución del acta

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia expone que en el caso de Vilalba se debió devolver el acta al jurado tras conocer que sus argumentaciones no tenían el valor probatorio suficiente para vulnerar el derecho a la presunción de inocencia de los tres acusados, que en todo momento proclamaron su inocencia.

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