Otro frente: reclamación contra Adif

La madre de un joven arrollado por el tren en 2011 recibirá 20.000 euros

La Justicia estimó que la muerte del monfortino no se puede calificar como un suicidio
Lugar en la que el joven fue atropellado por un tren en noviembre de 2011
photo_camera Lugar en la que el joven fue atropellado por un tren en noviembre de 2011

El juzgado de primera instancia e instrucción número uno de Monforte dictó sentencia condenatoria contra la compañía aseguradora Santa Lucía, que deberá indemnizar con 20.000 euros a la madre de un joven de 22 años, D.G.S., quien a finales de noviembre del año 2011 fue arrollado por un tren a la altura de la parroquia monfortina de Piñeira, con el resultado de su fallecimiento.

El abogado que llevó el caso hasta los tribunales en representación de la familia del fallecido, Iván Torres, declaró que se trata de una sentencia "que hace justicia", ya que la empresa aseguradora, Santa Lucía, con la que la madre del joven tenía concertada una póliza familiar de accidente, no quiso satisfacer la cuantía contratada, escudándose en que se había tratado de un suicidio.

Para la jueza que llevó el caso, no valió el informe emitido por el médico forense que acudió al levantamiento del cadáver. En la sentencia, se dice que no estaba en el lugar en el momento del accidente, a pesar de incluir en su informe que el joven "estaba inmerso en una gran depresión y bajo los efectos del alcohol", concluyendo que su muerte se podría calificar como de "etiología suicida".

La magistrada no admitió este dictamen al no existir antecedentes médicos del joven sobre atención a una posible enfermedad de tipo depresiva. Asimismo, varios amigos del fallecido declararon desconocer que padeciese depresión, por lo que la jueza no dio por buena la resolución del forense, como tampoco lo dicho por el maquinista del tren que lo arrolló, quien dijo verlo salir de forma sorpresiva al medio de la vía con una capucha sobre su cabeza, no pudiendo detener el tren debido a la velocidad a la que viajaba, a 140 kilómetros por hora, deteniendo el convoy tras el atropello a un kilómetro de distancia.

En las conclusiones de la sentencia, la jueza indica que lo más "probable fue que debido a la influencia del alcohol, llevar puesta una capucha y a las condiciones climáticas de un día de invierno el fallecido sufrió un triste accidente", de ahí que haya estimado la reclamación de su madre para que la aseguradora pague 20.000 euros de indemnización.

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