La Justicia deja sin efecto la suspensión de la contratación del servicio de ambulancia del 061

En la resolución dictada por el Tribunal Administrativo Central se desmontan las "falsas acusaciones hacia la empresa adjudicataria", así como la presunta existencia de irregularidades, la falsedad documental o el trato discriminatorio hacia ellos

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales de Madrid dictó el pasado 6 de agosto una resolución por la cual no admite un recurso interpuesto por una empresa que quedó excluida del concurso del servicio de ambulancia del 061 en A Mariña.

Los hechos se remontan al mes de julio, cuando se paralizó el expediente de contratación del Servicio de Transporte Sanitario Urgente Terrestre para Urgencias Sanitarias de Galicia-061 correspondiente a la Costa de Lugo. Se paró por un recurso interpuesto por una empresa excluida del concurso y que denunciaba posibles irregularidades y acusaba a la empresa adjudicataria de presunta falsedad documental y falsa de solvencia.

FALSAS ACUSACIONES. En la resolución dictada por el Tribunal Administrativo Central se desmontan las "falsas acusaciones hacia la empresa adjudicataria", así como la presunta existencia de irregularidades, la falsedad documental o el trato discriminatorio hacia ellos y determina que la expulsión del concurso de la empresa denunciante fue "plenamente ajustada a derecho" por haber incumplido los requisitos establecidos en el pliego de condiciones del mencionado concurso público.

Por ello, y después de dictar sentencia, la Justicia dejó sin efecto la suspensión temporal del procedimiento de contratación del Servicio de Transporte Sanitario Urgente Terrestre para Urgencias Sanitarias de Galicia-061 en la zona de la Costa de Lugo.

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