La Junta Electoral Central desestima los recursos del BNG y el PSdeG contra concejales no electos en Santiago

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado hoy desestimar las alegaciones del BNG y del PSdeG en el Ayuntamiento de Santiago y expedir las credenciales de concejales a siete personas que no iban en las listas del PP en las elecciones de mayo de 2011.

De este modo, una vez lleguen las credenciales al ayuntamiento de Santiago se podrá convocar el pleno para que los nuevos concejales tomen posesión y el actual alcalde, Ángel Currás, haga efectiva su renuncia.

En este mismo pleno, será sustituido por Agustín Hernández, hasta hace dos semanas conselleiro en la Xunta y que cerraba la lista electoral del PP en Santiago en 2011.

Hace un mes un juzgado de Santiago condenaba a siete ediles del grupo de gobierno en Santiago por prevaricación, tras lo que abandonaron la corporación y se sumaron a otros dos ediles de su partido imputados en la operación Pokemon y que dejaron el consistorio por su voluntad.

Para sustituirlos, varios candidatos de la lista del PP renunciaron, menos dos; entre ellos el propio Hernández, y este partido propuso a siete personas que no concurrieron a las elecciones para sustituirlos.

El PSdeG y el BNG decidieron recurrir la designación de estas siete personas no electas como futuros concejales y pidieron a la JEC que no les concediese la credencial, ya que consideraban inconstitucional la medida que se iba a adoptar.

La Junta Electoral señala en su acuerdo, tomado hoy, que "no le corresponde llevar a cabo el control de la constitucionalidad" de las previsiones del legislador, en este caso el artículo 182.2 de la ley electoral.

Señala, en cambio, que solo debe comprobar si la renuncia de los miembros de una corporación se ha hecho "de forma clara e incondicionada", si ha tomado conocimiento de ella el pleno y si los candidatos propuestos por una formación política cumplen los requisitos de elegibilidad.

La Junta Electoral señala que las alegaciones de PSdeG y BNG "solo" cuestionaban que la renuncia se hubiese hecho de forma clara e incondicionada, ya que atribuían al PP esta decisión, lo que consideraban un "fraude legal" y un resultado "manifiestamente antidemocrático".

Tras citar jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la JEC afirma que aunque la renuncia de los miembros de la lista fuese adoptada por los órganos del PP "la aceptación por los interesados hace que esta decisión deba atribuirse a su libre voluntad".

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