La Audiencia Nacional respalda la investigación del juez Ruz a los Pujol

La Audiencia Nacional ha dado hoy su respaldo a la investigación abierta por el juez Pablo Ruz al primogénito del expresidente catalán, Jordi Pujol Ferrusola, y a su exmujer Mercè Gironès, al avalar la comisión rogatoria que cursó el 29 de julio a Andorra sobre sus cuentas en Banca Privada de Andorra.

La sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado así los recursos de apelación interpuestos por la defensa de Gironès, a los que se adhirió la de su exmarido, contra el auto en el que Ruz libró esa comisión rogatoria a Andorra, el 29 de julio, y la providencia por la que amplió datos a esa petición de auxilio judicial, el pasado 14 de agosto.

El tribunal -Guillermo Ruiz Polanco, Carmen Lamela (ponente) y Antonio Díaz Delgado- sostiene que esta diligencia "está directamente conectada con los hechos objeto de investigación" y que ya estaban siendo investigados antes de que el expresidente catalán Jordi Pujol confesara tener una fortuna oculta en el extranjero.

A través de esta comisión rogatoria, subrayan los jueces, se trata de determinar si los beneficios obtenidos por ambos imputados o las sociedades participadas por ellos, "tiene su origen en servicios realmente prestados, o simplemente encubren la percepción de comisiones procedentes de determinadas sociedades en contraprestación a gestiones realizadas por aquellos para beneficiar a las citadas empresas con adjudicaciones públicas".

La Sala rebate también al exmatrimonio que esta petición a Andorra esté basada en la filtración de datos a un medio de comunicación por parte de un exempleado de la entidad bancaria andorrana a la que el juez ha solicitado información.

De hecho, un mes después de que el juez pidiera a Andorra esa información bancaria, la familia del expresidente Jordi Pujol presentaba en los juzgados del Principado una querella por vulneración del secreto bancario, sin autor conocido.

A este respecto los magistrados indican, que la decisión de Ruz, que obedece a una petición de la Fiscalía Anticorrupción, no tiene su origen en esa presunta filtración "sino en las propias manifestaciones" que hizo este verano el expresidente catalán al confesar que había tenido oculta una fortuna en el extranjero y que fueron realizadas "de forma totalmente libre y voluntaria".

Además, añade el auto, las informaciones periodísticas en las que los recurrentes dicen que se basa la Fiscalía para acusarles no sólo se habla de ese "posible filtrado de datos", sino que también "hacen referencia a otras posibles fuentes de información". Todo ello, "sin olvidar que en la denuncia efectuada por María Victoria Álvarez Martín (expareja de Jordi Pujol Jr.) ya se ponía de manifiesto el traslado de billetes de alto valor oficial entre Andorra y Madrid".

La Sala observa también que hasta el momento solo consta la denuncia interpuesta en los juzgados de Andorra "contra persona o personas cuya identidad desconoce, por lo que no puede afirmarse la comisión de un delito y menos su imputación a persona concreta" y de hecho "ni siquiera consta que la autoridad judicial andorrana haya iniciado investigación" alguna.

Además, indica la Sala, de existir esa filtración, esa conducta estaría amparada por la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. "Es evidente pues que la obligación de denunciar que establece la ley para toda persona, igualmente ha de estimarse comprendida en las excepciones que, conforme han sido expuestas, justifican y legitiman la cesión a terceros de datos de carácter personal", destaca el auto.

Los magistrados creen por ello que la "acción que los recurrentes atribuyen a persona o personas hasta el momento desconocidas, al margen de que no resulta acreditada, bien puede considerarse amparada en ese deber de denunciar la comisión de un delito que justificaría la comunicación de datos de carácter personal".

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