La Audiencia Nacional rechaza indemnizar la muerte de un preso de Bonxe en un permiso

La familia culpaba al médico del centro penitenciario porque le diagnosticó una gastroenteritis cuando tenía pancreatitis aguda ►De Lara investigó penalmente el caso, pero lo archivó al morir el doctor. Su informe inculpatorio era la principal prueba de los familiares
Familiares del fallecido, cuando denunciaron el caso.
photo_camera Familiares del fallecido, cuando denunciaron el caso.

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional le niega la indemnización a la familia de un interno de la cárcel de Bonxe que falleció durante un permiso penitenciario a consecuencia de una pancreatitis, que supuestamente el médico del centro confundió con una gastroenteritis.

La familia reclamaba 60.000 euros por la supuesta "mala atención médica" que recibió en el centro y presentaba como principal prueba un auto del juzgado número 1 de Lugo, que investigó penalmente el caso, donde se apuntaba al doctor como responsable.

Sin embargo, el tribunal se muestra crítico con el auto y concluye que "no existe prueba suficiente de que la asistencia prestada al interno por los servicios del centro penitenciario hayan sido la causa del fallecimiento o haya contribuido al mismo".

En el citado auto, con fecha de 2 enero de 2014, la jueza Pilar de Lara llegaba a la conclusión de que existían "indicios racionales" para concluir que el interno había fallecido porque el entonces jefe de los servicios médicos del centro "se negó" a prestarle asistencia sanitaria, por lo que habría cometido los delitos de omisión del deber de prestar socorro, homicidio por imprudencia grave y falsedad en documento público.

El doctor falleció en agosto de 2013 y la responsabilidad criminal quedó extinguida, pero Pilar de Lara explicaba en el auto que la familia podía emprender acciones civiles para reclamar la responsabilidad patrimonial del Estado por el fallecimiento del preso. La familia inició dicho proceso y, en noviembre de 2015, el Ministerio de Interior rechazó su reclamación, por lo que el caso acabó en la Audiencia Nacional.

ÓBITO. La investigación por la muerte del interno Emilio Antonio Pena Luaces, que falleció con 33 años, se inició en el año 2012, después de que su familia pusiera los hechos en conocimiento de la Guardia Civil. Tal y como hicieron constar en la denuncia, el día 22 de julio de 2011, el hombre se encontró mal y acudió al médico del centro, que le diagnosticó una gastroenteritis y lo puso a dieta.

Como el interno se encontraba cada vez peor -ya que tenía un fuerte dolor de barriga y no paraba de vomitar- una semana más tarde acudió nuevamente al facultativo y le pidió que lo volviera a mirar, pero supuestamente el médico le dijo que no tenía tiempo porque era muy tarde y que tomara más suero.

Ese mismo día, el hombre salió de la prisión para disfrutar de un permiso de tres días y se fue a casa de su madre, donde explicó a sus familiares que llevaba varios días muy enfermo.

Como las hermanas lo vieron tan mal, llamaron al 061 y los sanitarios de la ambulancia decidieron trasladarlo de inmediato a Urgencias. Emilio Antonio Pena llegó al hospital con insuficiencia respiratoria y pancreatitis aguda, por lo que ingresó en la Uci, donde murió el 3 de agosto.

La familia del preso recurrió a la Audiencia Nacional después de que Interior rechazara pagar una indemnización

En el periodo de investigación penal, la jueza consideró plenamente creíbles las declaraciones de varios compañeros del interno, quienes aseguraron que en los días previos al permiso, Emilio Antonio Pena tenía la barriga y las piernas muy hinchadas, apenas podía caminar, respiraba mal y no paraba de vomitar. Según los testigos, el hombre acudió varias veces al médico del centro y le pidió que lo trasladara al hospital, pero el facultativo "no le hizo caso"y se limitó a recetarle suero.

"Está claro que una sintomatología de dicha naturaleza, que resultaba tan evidente incluso para un profano en la materia, no podía pasar desapercibida para un profesional", apuntó la jueza en su auto.

De este modo, Pilar de Lara concluía que el jefe de los servicios médicos de Bonxe no cometió un error de diagnóstico -al tratar una pancreatitis aguda como gastroenteritis-, sino que "se negó" a prestarle al interno la asistencia sanitaria "que humana y médicamente precisaba".

RECURSO. La familia del fallecido se apoyó en este auto para presentar el recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional y solicitó además que testificaran los médicos del antiguo hospital Xeral que atendieron al preso, así como varios compañeros y familiares del hombre.

Tras analizar las pruebas, la Sala rechaza que las afirmaciones del auto sean "hechos probados" sino que se trata de "apreciaciones de la jueza de instrucción que no son el resultado de un plenario en el que se haya observado el principio de contradicción". Critica también que se esgrimiese "como si de un auto de procesamiento de tratara y afirmando la existencia de una responsabilidad criminal mediante un instrumento procesal no apto".

La Audiencia Nacional dice además que "sorprende la ausencia de un dictamen técnico -como podría haber sido el elaborado por el forense- y que no contenga referencia alguna a la declaración del personal sanitario u otros funcionarios de Bonxe".

PRUEBAS. La Sala matiza que todo esto no quiere decir que el auto de la jueza "carezca de valor", sino que "sus apreciaciones pueden ser contrastadas o desvirtuadas por otros elementos". De hecho, la administración demandada presentó "otros elementos" y la Audiencia Nacional los analizó.

Instituciones Penitenciarias señaló que "no se advirtió ninguna sintomatología" a la salida del interno del centro para comenzar el permiso. Según apuntan, el hombre pasó cinco días en Medicina Interna, sometiéndose a una serie de pruebas, y pasaron dos días hasta que le detectaron indicios de una pancreatitis, "que es una enfermedad de difícil diagnóstico que puede confundirse, sobre todo en sus estados iniciales, con la gastroenteritis".

Dice igualmente que cuando el hombre ingresó en el centro penitenciario, en julio de 2007, se le asignó el módulo de enfermería, donde residió hasta su muerte, por lo que era visto por el médico al menos dos veces a la semana y siempre que lo demandaba.

La Administración reconoce que el 22 de julio se le diagnosticó gastroenteritis, "lo que según su historia clínica tenía sentido", pero al no mejorar su estado de salud hasta el día 27, el facultativo "debería haber dudado del diagnóstico anterior y solicitar más pruebas, o bien a remitirlo a Urgencias". Sin embargo, considera que "todo lo que se habría conseguido habría sido anticipar unas pocas horas su llegada al hospital, descartando que este retraso fuera el causante del fallecimiento".

Con las pruebas aportadas por la familia del preso y por la administración demandada, la Audiencia Nacional concluye no hay pruebas para achacar el fallecimiento del interno a una atención médica deficiente, por lo que desestima el recurso y confirma la resolución de Interior, que rechazó indemnizar a los familiares del fallecido.


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