Juzgado un monitor por abusar de un menor en un campamento en Cervo

El acusado, ayer en el juzgado de lo Penal número 1 de Lugo. pepe álvez
photo_camera El acusado, ayer en el juzgado de lo Penal número 1 de Lugo. pepe álvez

Un hombre de mediana edad -que responde a las iniciales D.R.M.- se sentó ayer en el banquillo de los acusados del juzgado de lo Penal número 1 de Lugo como presunto autor de un delito de abuso sexual a un menor, cometido en Cervo.

Según relató el ministerio fiscal en su escrito de conclusiones provisionales, los hechos ocurrieron en el verano de 2007 -concretamente en el mes de julio-, cuando el acusado desempeñaba las funciones de entrenador de fútbol y monitor en un campamento infantil que se llevaba a cabo en el citado municipio mariñano.

La acusación pública mantiene que el procesado, «a pesar de que tenía una cama en la habitación que compartían todos los monitores», decidió dormir en las dependencias que ocupaban varios niños, pertenecientes al equipo de la categoría alevín.

Una noche -y siempre según el relato de hechos elaborado por el ministerio público- el acusado se acercó a uno de los menores, que se encontraba durmiendo, y presuntamente le tocó los genitales, «llegando a introducirlos en su boca».

En ese momento, el niño -que contaba entonces con doce años de edad- se despertó, por lo que el monitor cesó de inmediato en su actitud.

Acusación

Por estos hechos, el hombre fue acusado de un delito de abuso sexual, por el que el ministerio público solicitó inicialmente una condena de dos años y seis meses de prisión.

Además de la pena de cárcel, la representante del ministerio fiscal pidió que el acusado indemnice al menor en la cantidad de 3.000 euros, además de que no pueda aproximarse ni comunicarse con él por ningún medio durante un periodo de cinco años.

Los abusos sexuales están recogidos en el artículo 181 del Código Penal, que considera autor de los mismos «el que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona».

Para este tipo de supuestos, la legislación vigente recoge penas de uno a tres años de prisión o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

  • La defensa negó los hechos y pidió la absolución. La vista oral por estos hechos fue celebrada ayer a puerta cerrada en el juzgado de lo Penal número 1 de la capital lucense para proteger a la víctima, que continúa siendo menor de edad, por lo que las declaraciones del acusado no trascendieron a los medios de comunicación. De hecho, tampoco los familiares del acusado pudieron entrar en la sala de vistas para escuchar su versión de lo sucedido. En cualquier caso, el letrado que ejerció la defensa negó los hechos en su escrito de conclusiones y solicitó inicialmente la libre absolución de su cliente.
  • Declaraciones por vídeo. En el transcurso del juicio por los presuntos abusos-que se prolongó ayer durante varias horas-, más de una docena de testigos prestaron declaración a través de videoconferencia. De esta forma, el acusado y la víctima, así como sus familiares, no tuvieron que verse las caras en los juzgados.

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