El TSXG ratifica la licencia que permite ampliar la subestación de Mondoñedo

El tribunal rechaza el recurso del Concello y la considera obtenida por silencio administrativo
Subestación de Mondoñedo
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó, con fecha del 14 de octubre de 2014, el recurso de apelación interpuesto por el Concello de Mondoñedo contra la sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso Administrativo de Lugo en 2013, en la que se consideraba que la empresa E.ON había adquirido por silencio administrativo la licencia para ampliar la subestación de Mondoñedo, dentro del proyecto de la línea de alta tensión Boimente-Pesoz. El tribunal ratifica así que el permiso fue concedido por silencio administrativo y anula la resolución de la alcaldía de paralizar las obras dictadas en octubre de 2010.

La sentencia, a la que ha tenido acceso ahora este periódico, es firme, por lo que no cabe recurso alguno contra ella, así que la empresa tiene luz verde para la ejecución de las obras. Además, la resolución condena al apelante a sufragar las costas del recurso.

Los problemas por esta ampliación, que cuenta con numerosos detractores que consideran que ampliar el número de tendidos de alta tensión supondrá un grave perjuicio para la población, se remontan a marzo de 2004, cuando E.ON solicita al Concello de Mondoñedo «la concesión de una licencia de obras de construcción de la línea de alta tensión Mondoñedo-Boimente». En julio de ese mismo año, la administración local concede la correspondiente licencia por un plazo de dos años, pero, en octubre de 2006, la empresa solicita una prórroga, que resultó denegada por un acuerdo de la junta de gobierno de diciembre de 2006 por haber sido presentada pasados los dos años.

Meses más tarde, en septiembre de 2007, E.ON vuelve a pedir permiso para continuar con las obras.

No es hasta febrero de 2009, cuando el Concello exige a la empresa la correspondiente licencia al tener conocimiento de la intención de retomar las obras. Ante este requerimiento, la eléctrica presentó un escrito en el que expone que la licencia ha sido concedida por silencio administrativo.

Sin embargo, en octubre de 2010, la alcaldía ordena la paralización de las obras al carecer de la correspondiente licencia municipal. Pero la empresa considera que tiene razón y presenta un recurso contencioso administrativo, que se resolvió con una sentencia favorable a la eléctrica en septiembre de 2013. El fallo fue apelado por el Concello, pero ahora el TSXG ratifica la decisión tomada por el juzgado de Lugo al considerar que las razones esgrimidas por la parte apelante no muestran ningún argumento de peso que demuestre el incumplimiento de la legalidad en la adquisición de la licencia por silencio administrativo, ya que esta cumplió con todos los requisitos formales y temporales que exige la ley, al no actuar el Concello para impedirlo.

A la vista de la sentencia, el Concello emitió una resolución de la alcaldía que da luz verde a estas obras a finales del año pasado.

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