El TSXG ratifica la ilegalidad de una plaza de funcionario creada en Ribeira de Piquín

El fallo desestima el recurso del Concello y confirma desviación de poder al crear un puesto de administrativo para el hijo del exsecretario

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo y confirma la ilegalidad cometida por el Concello de Ribeira de Piquín al crear una plaza de administrativo por promoción interna para el hijo del exsecretario municipal, hasta aquel momento contratado como camionero municipal.

El fallo del TSXG, que desestima el recurso de apelación formulado por el Concello tras ser condenado por desviación de poder, es un varapalo para la administración local en plena campaña electoral que deja la puerta abierta a un posible procedimiento penal.

Los hechos se remontan a finales de 2011, cuando por acuerdo plenario el Concello aprobó la previsión de creación de una nueva plaza de administrativo, a cubrir por promoción interna, de la que fue beneficiario el hijo del exsecretario -jubilado a principios de 2013- tras varias resoluciones del alcalde que dieron forma a las bases que regirían la convocatoria.

Después de una demanda judicial de una vecina, que denunciaba irregularidades en la creación de esta plaza a través del despacho de abogados del que hoy es cabeza de lista del nuevo partido independiente que se presentará en Ribeira de Piquín, el juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Lugo anuló la oferta pública de empleo, decisión que fue ratificada por el TSXG, que además condena al Concello a pagar los 300 euros de costas.

El fallo no acepta ninguno de los motivos de apelación del Concello, al que acusa de "tráfico de influencias" y de "vulnerar la normativa", ya que "se han ejercido potestades de autoorganización y selección de personal al servicio de finalidades distintas de las previstas al estar predeterminadas ‘ad personam’".

La sentencia, que recuerda que el proceso recibió un informe desfavorable que el Concello no tuvo en cuenta, basa su conclusión en que la plaza, que debería haberse convocado por acceso libre, se resolvió por promoción interna, con una oferta "singularizada" primando el mérito de la experiencia en el propio Concello y pruebas "livianas" para un procedimiento final de "adjudicación al candidato apetecido dado el estrecho margen dejado por las bases".

"El tribunal evaluador, por mucha imparcialidad que quiera predicársele, es prisionero de las bases de la convocatoria y del diseño de los méritos... como igualmente no es baladí el dato de existir un único aspirante para una única plaza en un pequeño concello", apunta el magistrado, que deja claro que este procedimiento burla la legalidad.

"El esfuerzo del apelante por demostrar que quien ha ocupado el puesto de secretario en funciones en una pequeña corporación carece de influencia o fuerza en la creación y sistema de provisión de una plaza, y que casualmente va a ser ocupada por su hijo por promoción interna, resulta baldío y contrario a la lógica simple e intuitiva del ciudadano medio", sentencia el juez en una bofetada a los argumentos presentados por el Concello.

Y por si no quedara claro prosigue: "No es difícil aventurar y considerar verosímil que el citado secretario gozaba de influencia continua durante muchos años de servicio con concejales y alcalde y que propició que estos acometieran, con reprochable frivolidad, la dotación de una plaza con la finalidad de que fuera a parar al hijo de aquel".

El regidor, Sabino Díaz, declinó hacer declaraciones y explicó que el servicio jurídico del Ayuntamiento está estudiando la sentencia para tomar una decisión. Aunque es firme, queda abierta la posibilidad de presentar recurso de casación.

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