El Supremo condena a dos ribadenses por estafar a la anciana a la que cuidaban

Ratifica que su sobrina y su asistente se aprovecharon de que padecía demencia senil para vaciar sus cuentas. La primera realizó reintegros por valor de 77.500 euros y entre las dos se repartieron el dinero de un depósito

El Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación presentado por dos mujeres contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo que las condena por haber estafado a una mujer a la que tenían que cuidar y que tenía demencia senil. Tras esta decisión, M.L.G.D., sobrina de la mujer, queda condenada definitivamente por un delito de estafa a una pena seis meses de prisión y multa de 540 euros y por otro de apropiación indebida a un año y medio de cárcel y multa de 1.080 euros, debiendo devolver además el dinero sacado de las cuentas de su tía a sus herederos legítimos. En cuanto a su cuidadora, M.C.F.T., está condenada como autora de un delito de estafa a una pena de dos años y multa de 1.440 euros. En concepto de responsabilidad civil, la acusada habrá de indemnizar a los herederos de la mujer con 33.024,41 euros.

El abogado de los herederos de esta anciana, Ismael Awad, mostró su satisfacción por la decisión del Supremo de mantener la sentencia de la Audiencia y condenar en costas tanto a la sobrina como a la cuidadora por considerar que se trataba de un caso claro en el que se habían aprovechado de las circunstancias personales en las que se encontraba la anciana.

La acusada M.C.F.T., que cuidaba a la mujer, había acordado con ella una cesión de bienes a cambio de alimentos y ocupándose de su manutención y cuidado. El Supremo recoge que la anciana, el 28 de septiembre de 2010, revocó tal cesión señalando que "había incumplido la condición pues, desde hacía cinco meses, la había dejado en situación de abandono total al punto de que estaba ingresada en una residencia". Su relación anterior era buena y la anciana la había puesto como cotitular de cuenta de gestión de depósito de valores en un banco de Ribadeo por importe de 66.000 euros.

Tras romperse la relación, la mujer quedó en situación de desamparo ratificada por los servicios sociales municipales y con un diagnóstico de demencia senil que la incapacitaba a raíz de unas diligencias practicadas por el Ministerio Fiscal a instancias de su hija. Su incapacidad total se dictó en octubre de 2010.

Unos meses antes su sobrina comenzó a cuidarla y la autorizaron para sacar dinero de dos cuentas. El abogado Ismael Awad explica que en diversos reintegros obtuvo más de 77.500 euros.

Solo tres días antes de la incapacitación de la anciana las dos acusadas acordaron vender un depósito en el que una de ellas era cotitular y repartirse el dinero al 50%, algo que consiguieron con fecha posterior a la declaración oficial de incapacidad de la anciana ribadense.

Para lograrlo, Awad dice que el propio Supremo recoge que "se valieron de la situación de desamparo y desvalimento" de la anciana "y de su deterioro cognitivo".

El abogado de los herederos de la mujer defiende que las condenadas "se valieron de su situación de desamparo y desvalimiento"

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