El Supremo ratifica la condena a Alcoa por los daños en fincas debido a las emanaciones de flúor

La multinacional deberá indemnizar a los afectados con 2.800.289 euros al considerar el tribunal probado que "no existe otra posible fuente de generación de tales consecuencias"
Instalaciones de Alcoa San Ciprián
photo_camera Instalaciones de Alcoa San Ciprián

El Tribunal Supremo viene de ratificar, en su resolución del pasado 20 de julio, la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Lugo en octubre de 2014 contra la multinacional Alcoa por los daños y perjuicios causados en las fincas de un grupo de demandantes por las emanaciones de flúor. El tribunal lucense aseguró en su momento que quedara "acreditado la existencia de un daño indemnizable" y consideraba legítima la reclamación de los afectados, por lo que ratificaba la sentencia emitida en primera instancia en el juzgado de Viveiro en marzo de ese mismo año y en la que se condenaba a la multinacional a abonar a los demandantes 2.800.289 euros.

El acuerdo del Supremo desestima el recurso extraordinario por infracción procesal que interpuso Alcoa contra esta resolución, porque considera que la existencia de daños en las fincas está relacionada con las emanaciones de flúor procedentes de la planta sancibrense de la multinacional.

En su resolución, los magistrados del Supremo hacen referencia a la sentencia recurrida, en la que se destaca que para determinar si el aspecto de los cultivos y las plantaciones afectadas son el resultado de las emisiones de la fábrica y si esto produce una reducción de su valor es suficiente la opinión pericial. "No puede obviarse que estamos ante efectos perceptibles a simple vista y que no existe en la zona otra posible fuente de generación de tales consecuencias", explica la sentencia de la Audiencia, que considera que el dictamen hecho por el juzgado de Viveiro "valora de forma adecuada y acertada la prueba pericial".

Los magistrados manifiestan que las sentencias del juzgado de Viveiro y la Audiencia de Lugo están bien razonadas

Respecto a los daños, la Sala del Supremo comparte la valoración realizada anteriormente, ya que esta está hecha "en congruencia" con las explicaciones del perito. Según aparece reflejado en el auto del Supremo, la sentencia dictada hace la valoración en base a distintas variables como las especies dañadas, el tipo de destino de la finca afectada o el daño emergente. Además asume "la imposibilidad de una valoración individualizada de los concretos daños a cada finca, pues no todas las especies, ni dentro de la finca, tienen la misma tolerancia o resistencia, resultando inevitable acudir a estándares o parámetros objetivos de cuantificación".

Según refleja la resolución del Supremo, en el recurso presentado Alcoa mostraba su discrepancia con la valoración realizada por los tribunales. Sin embargo, los magistrados del Supremo consideran que tanto la sentencia emitida en Viveiro como la dictada posteriormente en la Audiencia provincial están bien razonadas.

Esta última resolución es firme y contra ella ya no cabe recurso. Además, el tribunal condena a Alcoa a hacerse cargo de las costas del proceso judicial.

Comentarios