El juez no aprecia intencionalidad en la conductora que condujo al revés por la A-8

La pastoricense circuló durante 16 kilómetros en sentido opuesto

La causa abierta en el juzgado número 1 de Modoñedo, contra la conductora que circuló en sentido opuesto a la marcha a lo largo de 16 kilómetros en la Autovía del Cantábrico (A-8) el pasado lunes, quedó archivada. Ni la Fiscalía, ni obviamente la defensa de la acusada, apreciaron intencionalidad alguna en la infracción y, al no haber acusación particular, el tribunal acordó sobreseer el caso. 

El Subsector de Tráfico de Lugo interceptó a la conductora en Abadín –la pastoricense de 55 años entró al vial en Lourenzá, pero circulaba por la calzada en sentido Asturias, guiando hacia Baamonde su Volkswagen Golf. Estaba desorientada y distraída–. Por si los hechos fueran constitutivos de un supuesto delito contra la seguridad vial, se pusieron en conocimiento del juzgado número 1 de Mondoñedo, donde se celebró un juicio rápido. 

La normativa dice que los supuestos de circulación por la izquierda, en sentido contrario al estipulado en una vía de doble sentido de la circulación, tendrán la consideración de infracciones muy graves con una multa de 500 euros y seis puntos menos en el carné de conducir. 

Si la conducta implica conducción temeraria, poniendo en peligro la vida del resto de vehículos, o va unida a un consumo excesivo de alcohol entrará en juego el Código Penal con castigos desde seis meses y hasta dos años de prisión y la prohibición de conducir.

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